SERVICIOS COMPLEMENTARIO DE MEDICINA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de marzo de 2012
- Comuna
- Copiapó
Sociedad
- Capital
- $700.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS MORALES GONZALEZ, Notario Suplente de la Notario Titular de la Tercera Notaría de Copiapó, doña GABY HERNÁNDEZ SOTO, con oficio en calle Colipí número 351, Copiapó, certifico: Doña CLAUDIA MARCELA FRIZ VERGARA, domiciliada en Francisco de Aguirre N°78, departamento N°329, comuna de Copiapó, representada en este acto por doña AMADA XIMENA TAPIA CORTEZ; doña JENNIFER FABIOLA PARDO SAAVEDRA, domiciliada en Quebrada del Hielo N°466, Viñita El Palomar, Comuna de Copiapó; doña TERESITA ISABEL CORTÉS ESTAY, domiciliada en Araucarias N°1561, Balmaceda Norte, comuna de Copiapó; doña MARÍA TERESA CRUZ CORREA, domiciliada en calle Lascar N° 2483, Los Volcanes, comuna de Copiapó; doña ELISABETH ADRIANA ARAYA MONARDEZ, domiciliada en Oriente 5, N°93, Santa Elvira, comuna de Copiapó; doña LETICIA XIMENA ORDENES AROSTICA, domiciliada en Pampa Germania N° 819, circunvalación norte, comuna de Copiapó; y doña AMADA XIMENA TAPIA CORTEZ, domiciliada en Pasaje Los Juncos, Parcela 85, Piedra Colgada, comuna de Copiapó; los referidos socios vienen en modificar la sociedad de responsabilidad limitada, razón social “SERVICIOS COMPLEMENTARIO DE MEDICINA LIMITADA” O “SERCOMED LTDA”. Rut: 76.204.284-3. Capital Inicial: $700.000.- En virtud de la cual de acuerdo a lo establecido en la clausula segunda, se modifica el pacto social constituida por escritura pública de fecha 08 de marzo de 2012, inscrita en el registro de comercio a fojas 220 N° 135 del Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial de Copiapó, correspondiente al año 2012 y publicado en el Diario Oficial con fecha 24 de marzo de 2012; modificada por escritura pública de fecha 15 de julio del año 2014, inscrita en el registro de comercio a fojas 613 número 305, del Conservador de Bienes Raíces y Archivero Judicial de Copiapó, correspondiente al año 2014 y publicado en el Diario Oficial con fecha 29 de agosto de 2014. Por el presente instrumento los mencionados socios vienen en modificar la sociedad referida en las siguientes condiciones: a) Doña CLAUDIA MARCELA FRIZ VERGARA, obrando representada en este acto por doña AMADA XIMENA TAPIA CORTEZ, se retira de la sociedad, para lo cual vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos a doña MARÍA TERESA CRUZ CORREA, quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión fue la suma en moneda nacional de $100.000, en que el cesionario pagó al cedente en un acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último recibirlo a su entera y total satisfacción; b) Doña JENNIFER FABIOLA PARDO SAAVEDRA, se retira de la sociedad, para lo cual vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos doña MARÍA TERESA CRUZ CORREA, quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión fue la suma en moneda nacional de $100.000, en que el cesionario pagó al cedente en un acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último recibirlo a su entera y total satisfacción; c) Doña TERESITA ISABEL CORTÉS ESTAY, se retira de la sociedad, para lo cual vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos a doña ELISABETH ADRIANA ARAYA MONARDEZ, quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión fue la suma en moneda nacional de $100.000, en que el cesionario pagó al cedente en un acto, al contado y en dinero, declarando este último recibirlo a su entera y total satisfacción; d) LETICIA XIMENA ORDENES AROSTICA, se retira de la sociedad, para lo cual vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos a doña ELISABETH ADRIANA ARAYA MONARDEZ, quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión fue la suma en moneda nacional de $100.000, en que el cesionario pagó al cedente en un acto, al contado y en dinero, declarando este último recibirlo a su entera y total satisfacción; e) AMADA XIMENA TAPIA CORTEZ, se retira de la sociedad, para lo cual vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos, en la siguiente proporción: Uno) Vende, cede y transfiere el cincuenta por ciento de sus derechos a doña MARÍA TERESA CRUZ CORREA, quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión fue la suma en moneda nacional de $50.000. Dos) Vende, cede y transfiere el restante cincuenta por ciento de sus derechos a doña ELISABETH ADRIANA ARAYA MONARDEZ, quien los compra y adquiere para sí. El precio de esta cesión fue la suma en moneda nacional de $50.000. Los cesionarios pagaron a cedente en un acto, al contado y en dinero efectivo, declarando este último recibirlo a su entera y total satisfacción. A consecuencia de la modificación y cesión de derechos que se extracta, quedan como únicos socios de la sociedad, doña MARÍA TERESA CRUZ CORREA y doña ELISABETH ADRIANA ARAYA MONARDEZ, cada una con un 50% de los derechos y participación social. Los actuales socios que permanecen en la sociedad, señalan que la administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderán indistintamente a los socios que permanecen, doña MARÍA TERESA CRUZ CORREA y doña ELISABETH ADRIANA ARAYA MONARDEZ. En todo lo no modificado por la presente escritura, seguirán vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Copiapó, 03 de febrero de 2022.