SALONES DE BELLEZA Y SALUD INTEGRAL MYKONOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de febrero de 2022
- Notario
- JUAN CARLOS MATURANA LEPELEY
- Domicilio
- Coquimbo
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Será Juan Arenas Martínez N°1045, El Santuario de Peñuelas, comuna de Coquimbo
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será a) La formación, explotación y administración de Centros de Belleza, salón de belleza y peluquería, cuidado personal, estética y cosmética. Prestación de servicios de belleza, estética, cosmética, peluquería, manicura, pedicura, depilación, extensión de pestañas, peinado, corte y tintura, tratamientos faciales, y demás actividades afines. b) Prestación de servicios relativos a tratamientos estéticos de salud que conlleven la utilización de máquinas de alta frecuencia, de radio-frecuencia, ondas rusas, así como el examen previo con ecografía mediante ecógrafo con técnica Doppler. Asimismo, tratamientos estéticos con aplicación de ácido hialurónico, toxina botulínica, vitaminas inyectables. c) comprar, vender, exportar, importar y comercializar productos y artículos de belleza, peluquería, estética y demás artículos afines o complementarios. d) la representación y)o franquicia de marcas, productos y artículos de belleza, estética y cosméticos, afines y complementarios, efectuar toda clase de inversiones de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones, participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas y frutos que deriven de las anteriores. La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventa, sub-divisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros. Participar en capital y gestión en otras empresas como socio capitalistas o sociedades, en comandita, por acciones y)o anónimas. Assesoría y representación de entidades nacionales y /o extranjeras. Las demás actividades que los accionistas acuerden y, e) en general, la realización de todos los actos relacionados con los objetivos señalados o que lo complementen directamente o indirectamente
Administración
La sociedad será administrada indistintamente por dos Gerentes Generales, designados en estatutos, quien también será el representante ante el SII; doña JOSEFA TRONCOSO CASTRO N°17.308.378-5, y don RODRIGO JESÚS ARAYA ROJAS, RUT N°16.747.229-K. Responsabilidad
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| RODRIGO JESÚS ARAYA ROJAS | socio | 16747229-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CARLOS MATURANA LEPELEY, Notario Público Coquimbo, Melgarejo Nº887, Certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, doña JOSEFA TRONCOSO CASTRO, chilena, soltera, abogada, C.I. N°17.308.378-5, y don RODRIGO JESÚS ARAYA ROJAS, chileno, soltero, médico neurorradiólogo, C.I. N°16.747.229-K, ambos domiciliados en Coquimbo, Juan Arenas Martínez N°1045, Peñuelas, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “SALONES DE BELLEZA Y SALUD INTEGRAL MYKONOS SpA” pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de “MYKONOS SpA”. Domicilio: Será Juan Arenas Martínez N°1045, El Santuario de Peñuelas, comuna de Coquimbo, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será a) La formación, explotación y administración de Centros de Belleza, salón de belleza y peluquería, cuidado personal, estética y cosmética. Prestación de servicios de belleza, estética, cosmética, peluquería, manicura, pedicura, depilación, extensión de pestañas, peinado, corte y tintura, tratamientos faciales, y demás actividades afines. b) Prestación de servicios relativos a tratamientos estéticos de salud que conlleven la utilización de máquinas de alta frecuencia, de radio-frecuencia, ondas rusas, así como el examen previo con ecografía mediante ecógrafo con técnica Doppler. Asimismo, tratamientos estéticos con aplicación de ácido hialurónico, toxina botulínica, vitaminas inyectables. c) comprar, vender, exportar, importar y comercializar productos y artículos de belleza, peluquería, estética y demás artículos afines o complementarios. d) la representación y/o franquicia de marcas, productos y artículos de belleza, estética y cosméticos, afines y complementarios, efectuar toda clase de inversiones de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones, participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de las rentas y frutos que deriven de las anteriores. La adquisición a cualquier título de bienes raíces, su explotación bajo la forma de compraventa, sub-divisiones, enajenaciones de cualquier especie, arrendamientos y otros. Participar en capital y gestión en otras empresas como socio capitalistas o sociedades, en comandita, por acciones y/o anónimas. Assesoría y representación de entidades nacionales y /o extranjeras. Las demás actividades que los accionistas acuerden y, e) en general, la realización de todos los actos relacionados con los objetivos señalados o que lo complementen directamente o indirectamente. Capital: $1.000.000 (un millón de pesos), dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, se suscriben, enteran y pagan por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: A) Doña JOSEFA TRONCOSO CASTRO, seiscientos mil pesos ($600.000) del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, acto escritura extractada. B) Don RODRIGO JESÚS ARAYA ROJAS, cuatrocientos mil pesos ($400.000) del capital social, que paga en dinero efectivo y al contado, acto escritura extractada. Administración. La sociedad será administrada indistintamente por dos Gerentes Generales, designados en estatutos, quien también será el representante ante el SII; doña JOSEFA TRONCOSO CASTRO N°17.308.378-5, y don RODRIGO JESÚS ARAYA ROJAS, RUT N°16.747.229-K. Responsabilidad. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de su participación social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Coquimbo, 17 de Febrero de 2022.-