INVERSIONES MARGRA SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de febrero de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública fecha 10/02/2022, REP. N°2703-2022, otorgada ante mi Suplente doña Karina Alejandra Flores Muñoz: Inmobiliaria e Inversiones Delusqui Limitada, domiciliada en Carolina Rabat N°934, departamento 32, Vitacura, en su calidad de única accionista, de conformidad al Artículo 427 del Código de Comercio, rectificó, aclaró y saneó escritura pública de constitución de INVERSIONES MARGRA SpA, de fecha 29 de diciembre de 2021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, cuyo extracto se inscribió a fojas 906 N°423 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2022, y se publicó en Diario Oficial fecha 7 de enero del año 2022, en la que se incurrió en involuntario error de transcripción, al señalar en el Artículo Quinto y en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales que el capital aportado ascendía a la suma de “Un millón setecientos ochenta y tres mil novecientos cuarenta y nueve dólares de los Estados Unidos de América con dieciséis centavos, en circunstancias que el monto del capital aportado fue en realidad la suma de Un millón novecientos dieciséis mil cuatro dólares de los Estados Unidos de América con cincuenta y cuatro centavos, dividido en 10.000 acciones nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. Por consiguiente se sustituyeron los Artículos Quinto y Primero Transitorio, por los indicados en escritura extractada. Asimismo, se saneó involuntario error del extracto de constitución, en que se omitió nombre de Notario Público de Santiago doña Karina Alejandra Flores Muñoz, Suplente del Titular de 36° Notaría de Santiago don Andrés Felipe Rieutord Alvarado, quien fue la Notario Público que autorizó la referida escritura pública de constitución de Sociedad. En consecuencia, la compareciente viene en sanear los referidos vicios antes expresados, así como cualquier otro en que se hubiere incurrido. En todo lo que no se rectifica y sanea por este instrumento, seguirán plenamente vigentes todas las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 17 de Febrero de 2022.