ASCENSORES INTADE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2022
- Repertorio
- 182-2022
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGLORIA ORTIZ CARMONA, Notario Titular de la Vigésimo Quinta Notaria de Santiago, con oficio en calle Amunategui 361, local 6, comuna de Santiago CERTIFICO: que por escritura publica de fecha 19 de enero de 2022, anotada bajo el Repertorio N° 182-2022, ante doña ALEJANDRA HIDALGO FUENTES, Notaria Pública Suplente de doña GLORIA ORTIZ CARMONA, comparece, Don TOMÁS ALEXIS DÍAZ GÓMEZ, chileno, casado, Ingeniero, cedula de identidad número 17.565.239-6, domiciliado en Paseo Bulnes número 216, oficina 802, perteneciente a la comuna de Santiago en la Región Metropolitana; don CHRISTHOFER ANTHONY MOLINA MUÑOZ, chileno, soltero, Técnico Superior en Electricidad y Electrónica, cédula de identidad número 13.936.474-3, domiciliado en Morandé número 835, oficina 1314, perteneciente a la comuna de Santiago de la Región Metropolitana; y don CARLOS ALFONSO JAQUE ROBLERO, chileno, casado, Capataz de Construcción, cedula de identidad número 15.919.638-0, domiciliado en Alberto Blest Gana número 638, perteneciente a la comuna de El Bosque de la Región Metropolitana, celebraron el siguiente contrato. Por el presente instrumento don CHRISTHOFER ANTHONY MOLINA MUÑOZ, cede y transfiere la totalidad de sus derechos o acciones adquiridos sobre la sociedad ASCENSORES INTADE LIMITADA equivalentes al uno por ciento del interés social a don CARLOS ALFONZO JAQUE ROBLERO, quien los adquiere y acepta para sí.- El precio total de la presente cesión de derechos es la cantidad de $1.000.000.-, que el cesionario don CARLOS ALFONZO JAQUE ROBLERO, pagó mediante transferencia electrónica, y que el cedente don CHRISTHOFER ANTHONY MOLINA MUÑOZ, declara haber recibido a su entera y total satisfacción. De conformidad con lo expuesto en las cláusulas que preceden han quedado como únicos y actuales socios don TOMÁS ALEXIS DÍAZ GÓMEZ, con un 99% y don CARLOS ALFONZO JAQUE ROBLERO con un 1° de los derechos sociales. En todo lo demás, permanece vigente la escritura modificada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de febrero de 2022.