RECORRIDO LATIN AMERICA SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de enero de 2022
- Repertorio
- 1471-2022
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.244 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de enero de 2022, bajo el Repertorio Nº 1.471-2022, ante mí: En junta extraordinaria de accionistas de RECORRIDO LATIN AMERICA SpA, Rol Único Tributario número 76.336.837-8, inscrita a fojas 85.846, número 56.321 del Registro de Comercio de Santiago del año 2013 (la “Sociedad”), celebrada en esta misma fecha, la unanimidad de sus accionistas acordó: (i) Dar cuenta de la disminución de pleno derecho del capital de la Sociedad y del número de acciones desde la suma de $1.000.244.921 dividido en 2.709.530 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal a la suma de $982.548.590, dividido en 2.661.593 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal; (ii) Aumentar el capital de la Sociedad desde la suma actual de $982.548.590, dividido en 2.661.593 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, a la suma de $8.545.478.090, dividido en 3.912.512 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, mediante la emisión de 1.250.919 nuevas acciones, las que se deberán suscribir y pagar dentro de tres años, en la forma acordada en la Junta; (iii) Reemplazar el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad será la suma de 8.545.478.090 pesos, dividido en 3.912.512 acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio. La valoración de éstos se acordará en forma unánime por las acciones con derecho a voto de la Sociedad y podrá ser delegada en el Directorio. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos Estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la Sociedad, las que se eliminarán del Registro de Accionistas.”; (iv) Reemplazar el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: En conformidad al artículo quinto de estos Estatutos, el capital social asciende a la suma de 8.545.478.090 pesos, dividido en 3.912.512 acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie, suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Con la suma de 982.548.590 pesos, dividido en 2.661.593 acciones nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, las que fueron suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y b) Con la suma de 7.562.929.500 pesos, dividido en 1.250.919 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que quedarán pendientes de suscripción y pago, y que en todo caso deberán ser suscritas dentro del plazo que vence el 26 de enero de 2025.”; y (v) Modificar los artículos Séptimo, Décimo Séptimo y Décimo Noveno, en materias que no son objeto de extracto. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 Febrero 2022.