RECORRIDO LATIN AMERICA SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de enero de 2022
- Repertorio
- 1472-2022
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.545.478.090 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de enero de 2022, bajo el Repertorio Nº 1.472.-2022, ante mí: En junta extraordinaria de accionistas de RECORRIDO LATIN AMERICA SpA, Rol Único Tributario número 76.336.837-8, inscrita a fojas 85.846, número 56.321 del Registro de Comercio de Santiago del año 2013 (la “Sociedad”), celebrada en esta misma fecha, la unanimidad de sus accionistas acordó: (i) Dividir la Sociedad constituyendo a partir de ésta una nueva sociedad por acciones denominada “Ranger Chile Holding SpA”; (ii) Disminuir el capital social de la Sociedad como consecuencia de la división acordada, desde la suma de $8.545.478.090, dividido en 3.912.512 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, a la cantidad de $580.539.358, dividido en 3.912.512 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal; (iii) Reemplazar el artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad será la suma de $580.539.358 dividido en 3.912.512 acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio. La valoración de éstos se acordará en forma unánime por las acciones con derecho a voto de la Sociedad y podrá ser delegada en el Directorio. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones de propia emisión que se encuentren bajo el dominio de la Sociedad, no se computarán para la constitución del quórum en las Juntas de Accionistas o aprobar modificaciones del estatuto social, y no tendrán derecho a voto, dividendo o preferencia en la suscripción de aumentos de capital. Salvo disposición especial en contrario en estos Estatutos, las acciones de propia emisión adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de diez años contado desde su adquisición. Si dentro del plazo establecido las acciones no se enajenan, el capital quedará reducido de pleno derecho al monto que corresponda luego de excluir aquellas acciones de propia emisión en poder de la Sociedad, las que se eliminarán del Registro de Accionistas.”; (iv) Reemplazar el artículo Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: En conformidad al artículo quinto de estos Estatutos, el capital social asciende a la suma de suma de $580.539.358, dividido en 3.912.512 acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie, íntegramente suscrito y pagado a esta fecha.”. Extracto de constitución de Ranger Chile Holding SpA consta por separado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 Febrero 2022.