INVERSIONES, INMOBILIARIA Y COMERCIALIZADORA GANESH LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de enero de 2022
- Notario
- Daniel V. Mondaca Pedrero
- Oficio
- Quinta Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $95.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INMOBILIARIA Y COMERCIALIZADORA GANESH LIMITADA | socio | 76380572-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDaniel V. Mondaca Pedrero, abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en avenida José de San Martín Nº 255, comuna de Rancagua, certifico que: por escritura pública de 27 de enero de 2022, otorgada ante Notario Público Suplente de este Oficio don Fernando Galassi Aedo, CHANDRA KUMAR RELWANI, FLOR IRENE DE LOURDES MENDOZA SAAVEDRA, GEETANJALI ANURADHA KUMAR MENDOZA y CHANDNI CHITRA KUMAR MENDOZA, todos los anteriores con domicilio en Tacora N° 999, Villa Nelson Pereira, Rancagua; en calidad de únicos socios modifican sociedad INVERSIONES, INMOBILIARIA Y COMERCIALIZADORA GANESH LIMITADA, RUT 76.380.572-7, constituida por escritura de 23/05/2014, otorgada en Cuarta Notaría de Rancagua, con asiento en Graneros, Notario Interino don Gonzalo Brion Vargas, extracto inscrito a fs. 735 vuelta, N° 615, Registro de Comercio de 2014, Conservador de Bienes Raíces de Rancagua; y publicada en Diario Oficial de 07/06/2014. Modificaciones son las siguientes: Uno. Se aumenta capital de $95.000.000 a $101.749.721 pesos, mediante capitalización de cuenta Revalorización Capital Propio, por su monto 31/12/2020, según balance. Aumento se entiende efectuado por los socios a prorrata de su participación societaria. Dos. Aumentan capital de $101.749.721 pesos a cantidad de $411.156.221 pesos, el que se entera: A) CHANDRA KUMAR RELWANI aporta $300.000.000 pesos, mediante la capitalización del crédito que tiene en contra de la sociedad; B) FLOR IRENE DE LOURDES MENDOZA SAAVEDRA, se obliga a aportar suma de $3.135.500, plazo de un año contado desde esta fecha; C) GEETANJALI ANURADHA KUMAR MENDOZA, se obliga a aportar suma de $3.135.500, plazo de un año contado desde esta fecha; y D) CHANDNI CHITRA KUMAR MENDOZA, , se obliga a aportar suma de $3.135.500, plazo de un año contado desde esta fecha. Adecuación del estatuto. Con la finalidad de adecuar el estatuto social a la actual composición del capital, modifican cláusula quinta del estatuto social, la que se reemplaza por la siguiente: “QUINTO: CAPITAL SOCIAL: El capital social es la suma de cuatrocientos once millones ciento cincuenta y seis mil doscientos veintiún pesos, que se encuentra íntegramente enterado por los socios de la siguiente forma: a) CHANDRA KUMAR RELWANI, la suma de trescientos ochenta y seis millones cuatrocientos ochenta y siete mil doscientos sesenta y tres pesos, que equivalen a un noventa y cuatro por ciento del capital social; b) FLOR IRENE DE LOURDES MENDOZA SAAVEDRA, la suma de ocho millones doscientos veintidós mil novecientos ochenta y seis pesos, que equivalen a un dos por ciento del capital social; c) GEETANJALI ANURADHA KUMAR MENDOZA, la suma de ocho millones doscientos veintidós mil novecientos ochenta y seis pesos, que equivalen a un dos por ciento del capital social; y d) CHANDNI CHITRA KUMAR MENDOZA, la suma de ocho millones doscientos veintidós mil novecientos ochenta y seis pesos, que equivalen a un dos por ciento del capital social.” En lo no modificado por la presente escritura, se mantienen vigentes los estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se faculta al portador de copia autorizada del extracto para requerir las inscripciones, anotaciones y subinscripciones que procedan y realizar los demás trámites de legalización de la sociedad. Rancagua 09 de febrero de 2022.