CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA ANTU SpA

RUT 10032486-5 CVE 2089859
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de febrero de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
18 de febrero de 2022
Notario
JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRODER
Domicilio
don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida
Ley aplicable
ley Nº 20.192

Objeto social

El objeto de la sociedad será el estudio y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, tales como la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles, su explotación, administración y percepción de frutos; inversión en bienes muebles corporales de toda clase, tales como bonos, acciones, derechos, títulos de crédito, debentures, y en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos, la gestión de corretaje de propiedades, adquirir a cualquier título terrenos para la realización de loteos y obras de urbanización; por cuenta propia o ajena, adquisición, promoción, construcción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, la adquisición de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, los loteos y urbanizaciones de terrenos, la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto y, también, las adquisiciones, mantención y)o arriendo de vehículos de carga y de transporte; las urbanizaciones y construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; la prestación de asesorías para loteos y urbanizaciones y la ejecución de todas las obras que deriven o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la administración, construcción y)o venta de inmuebles, su refacción y)o ampliación o demolición; incluyendo la adquisición, mantención, y)o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras, la construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior, que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales

Administración

La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don CLAUDIO ENRIQUE PAILLALEF BRAVO y a doña MARIA VERONICA PAILLALEF BRAVO, con todas y cada una de las facultades que constan en escritura de constitución

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRODER, Abogado, Notario Público, Suplente de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, según Decreto Judicial protocolizado en esta Notaría, con oficio en calle Huérfanos número ochocientos treinta y cinco, Piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: por escritura con fecha 18/02/2022, ante mí, don CLAUDIO ENRIQUE PAILLALEF BRAVO, chileno, casado, Ingeniero Comercial, rut N° 10.032.486-5, con domicilio en Camino del Agua N° 4380, Ciudad del Este , comuna de Puente Alto, Región Metropolitana; y doña María Verónica Paillalef Bravo, chilena, soltera, Profesora de Castellano, rut N°11.636.717-3, con domicilio en José Manuel Gandarillas N°11457, comuna de La Florida, Región Metropolitana; constituyen sociedad por acciones al tenor de lo prescrito por la ley Nº 20.192 y los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, en los siguientes términos: NOMBRE : El nombre de la sociedad será “INMOBILIARIA ANTU SpA”,- DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencia y/o sucursales en el país o extranjero.- DURACION :Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será el estudio y ejecución de todo tipo de proyectos inmobiliarios, tales como la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles, su explotación, administración y percepción de frutos; inversión en bienes muebles corporales de toda clase, tales como bonos, acciones, derechos, títulos de crédito, debentures, y en general, en toda clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos, la gestión de corretaje de propiedades, adquirir a cualquier título terrenos para la realización de loteos y obras de urbanización; por cuenta propia o ajena, adquisición, promoción, construcción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, la adquisición de terrenos, materiales y elementos para las edificaciones, los loteos y urbanizaciones de terrenos, la fabricación de materiales o elementos relacionados con el objeto y, también, las adquisiciones, mantención y/o arriendo de vehículos de carga y de transporte; las urbanizaciones y construcciones conjuntas, aun cuando sean por cuenta de terceros, las urbanizaciones, loteos y construcciones que se hagan para instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas u organismos de administración autónoma del Estado o Municipales y las que se hagan de acuerdo a proyectos, aprobados por el ejecución de todas las obras que deriven o puedan derivar de dichos loteos y urbanizaciones; la ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la administración, construcción y/o venta de inmuebles, su refacción y/o ampliación o demolición; incluyendo la adquisición, mantención, y/o arriendo de maquinaria y equipos apropiados y necesarios para tales obras, la construcción, edificación, montaje, explotación y compraventa de todo tipo de obras de Ingeniería Civil, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; prestación de asesorías y consultoría en tales materias; por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; ejecutar todos los actos y concertar todas las convenciones que sean conducentes a dichos objetivos; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden y cualquier actividad comercial, económica o de cualquier tipo relacionada con lo anterior, que sea necesario para el funcionamiento de la sociedad, tales como joint venture, asociaciones con empresas extranjeras, obtención de licencias u otros que los socios determinen. Para estos objetivos la sociedad podrá adquirir bienes raíces y toda clase de vehículos, cualquier derecho sobre ellos, edificarlos y mejorarlos, darlos o tomarlos en arriendo, enajenarlos, hipotecarlos y grabarlos en cualquier forma, adquirir negocios en marcha, concesiones, marcas y patentes; incorporarse como socia en sociedades de cualquier tipo y ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos con personas naturales o jurídicas, privadas o estatales, que sean conducentes a la realización de los objetivos sociales .- CAPITAL: $10.000.000, que son aportados de la siguiente forma por los socios: A) Don CLAUDIO ENRIQUE PAILLALEF BRAVO, aporta la suma de $5.000.000.- divididos en cinco mil acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en este mismo acto, los que equivalen al 50% de los derechos sociales; B) Doña MARIA VERONICA PAILLALEF BRAVO, aporta la suma de $5.000.000.- divididos en cinco mil acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en este mismo acto, los que equivalen al 50% de los derechos sociales.- Administración: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don CLAUDIO ENRIQUE PAILLALEF BRAVO y a doña MARIA VERONICA PAILLALEF BRAVO, con todas y cada una de las facultades que constan en escritura de constitución. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de febrero de 2022.