FÁBRICA Y COMERCIALIZADORA ORTOPEDIA ALEMANA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2012
- Notario
- DICTINO SEGUNDO NIÑO MORALES
- Oficio
- Primera Notaría de Chillán
- Comuna
- Chillán
Administración
, corresponderá única y exclusivamente a doña LUISA MATILDE HERRERA CAYUL.- 4).- Se modifica además la cláusula UNDÉCIMO del estatuto social, en el sentido de que el plazo de duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de esta modificación, renovables tácitamente por periodos iguales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDICTINO SEGUNDO NIÑO MORALES, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Chillán, El Roble N° 551, CERTIFICO: Por escritura pública ante mí, de fecha 11-02- 2022, JACQUELINE DE LAS MERCEDES CANDIA VENEGAS, domiciliada Chillán, Avenida Libertad 1156, ROBERTO IVÁN GARRIDO ROBLES, domiciliado Rancagua, Villa Los Tilos Pasaje Gonzalo Vial Correa N° 2848, LUISA MATILDES HERRERA CAYUL domiciliada Rancagua, Villa Los Tilos Pasaje Gonzalo Vial Correa N° 2848, RICARDO HUMBERTO MELLADO AQUEVEQUE, domiciliado Chillán, Avenida Libertad N° 1156 y SHAROL MARYLIN CANCINO FLORES, domiciliada Rancagua, Villa Los Tilos 3, Pasaje Gonzalo Vial Correa N° 2848, modificaron sociedad “FÁBRICA Y COMERCIALIZADORA ORTOPEDIA ALEMANA LIMITADA”, constituida por escritura pública ante el Notario de Chillán don Francisco Javier Yáber Lozano con fecha 03-01-2012 e inscrita a fojas 56 vta. N° 41 Registro Comercio de Chillán, año 2.018, modificada por otra escritura también suscrita en la Notaría de Chillán de don Francisco Javier Yáber Lozano con fecha 223-12-2017, cuyo extracto se inscribió a fojas 56 vta. N° 41 en el Registro Comercio de Chillán año 2.018, en el siguiente sentido: 1).- JACQUELINE DE LAS MERCEDES CANDIA VENEGAS, dueña de acciones y derechos sociales, equivalentes a un 50% del capital social, efectúa las siguientes cesiones: A).- Cede y transfiere a ROBERTO IVÁN GARRIDO ROBLES, quien compra, acciones y derechos equivalentes a un 30% de los derechos sociales, por la suma de $15.000.000, pagados de contado.- B).- Cede y transfiere a doña SHAROL MARYLIN CANCINO FLORES, quien compra, acciones y derechos equivalentes a un 20% de los derechos sociales, por la suma de $10.000.000, pagados de contado.- 2).- RICARDO HUMBERTO MELLADO AQUEVEQUE, cede y transfiere a doña SHAROL MARYLIN CANCINO FLORES, la totalidad de las acciones y derechos sociales en la sociedad, por la suma de $5.000.000, pagados de contado.- En consecuencia salen de la sociedad doña JACQUELINE DE LAS MERCEDES CANDIA VENEGAS y don RICARDO HUMBERTO MELLADO AQUEVEQUE e ingresan a ella don ROBERTO IVÁN GARRIDO ROBLES, con 30% de los derechos sociales y doña SHAROL MARYLIN CANCINO FLORES con un 30% de los derechos sociales.- En la forma relacionada la sociedad se ha modificado quedando integrada por los siguientes socios: Doña LUISA MATILDE HERRERA CAYUL con un 40% de los derechos sociales; don ROBERTO IVÁN GARRIDO ROBLES, con un 30% de los derechos sociales y doña SHAROL MARYLIN CANCINO FLORES, con un 30% de los derechos sociales.- 3).- Se modifica la cláusula quinta del estatuto social en el sentido de que la administración, representación y el uso de la razón social., corresponderá única y exclusivamente a doña LUISA MATILDE HERRERA CAYUL.- 4).- Se modifica además la cláusula UNDÉCIMO del estatuto social, en el sentido de que el plazo de duración de la sociedad será de 5 años contados desde la fecha de esta modificación, renovables tácitamente por periodos iguales.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- CHILLÁN, Febrero 18 de 2022.