SOCIEDAD MANUFACTURERA Y COMERCIALIZADORA DE ARTÍCULOS ELÉCTRICOS PROLUM LIMITADA
Instrumento
Sin información de instrumento parseada en esta publicación.
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Administración
En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecerán vigentes las estipulaciones del pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDAVID POZA MATUS, Notario Suplente del Titular don LUIS POZA MALDONADO, Notario de Santiago, con Oficio en Avenida Vitacura 6844 Vitacura, certifica: Por escritura de hoy ante mí, don LEONEL ENRIQUE PEÑA RODRÍGUEZ, don GERMÁN ALEJANDRO PEÑA MANSILLA, y doña ELIANA CECILIA MANSILLA GACITUA, todos domiciliados para estos efectos en calle Molina Lavín 01683, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana, modificaron la Sociedad de Responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD MANUFACTURERA Y COMERCIALIZADORA DE ARTÍCULOS ELÉCTRICOS PROLUM LIMITADA”, Rut Nº79.663.400-6, con un capital social de $1.000.000. Inscrita a fojas 15.318 Nº8.599 en el Registro de Comercio del año 1986 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Son al día de hoy los únicos y actuales socios de la sociedad: don Leonel Enrique Peña Rodríguez y don Germán Alejandro Peña Mansilla, con el 50% de los derechos de participación social para cada uno.- Don Leonel Enrique Peña Rodríguez, dueño del 50% del total de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el total de sus derechos a doña Eliana Cecilia Mansilla Gacitúa, quien los compra, acepta y adquiere para sí. Con motivo de la cesión antes señalada, se retira de la sociedad don Leonel Enrique Peña Rodríguez y quedan a partir de hoy como únicos socios de la sociedad: don Germán Alejandro Peña Mansilla y doña Eliana Cecilia Mansilla Gacitúa con el 50% de los derechos de participación social para cada uno, quienes acuerdan MODIFICAR la administración, representación y uso de la razón social, la que a partir de hoy corresponderá INDISTINTAMENTE, a don Germán Alejandro Peña Mansilla y a doña Eliana Cecilia Mansilla Gacitúa, con las más amplias facultades de administración. En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecerán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, Febrero 11 de 2022.