INMOBILIARIA MARYSA Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de enero de 2022
- Repertorio
- 705/2022
- Notario
- JORGE LOBOS DIAZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita 20, Comuna de Las Condes, ex Paseo Ahumada 341, 4º piso, Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 13/01/2022, Repertorio 705/2022, ante el notario titular, don Jorge Gonzalo Marchant Sutil y María Rebeca San Martín Gárate, domiciliados calle Buenaventura N°1925, comuna Vitacura; modificaron sociedad denominada INMOBILIARIA MARYSA Y COMPAÑÍA LIMITADA, como indico a continuación: Se acuerda modificar la cláusula “Cuarto” del pacto social, sustituyendo su texto por el siguiente: “CUARTO: a) La administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, corresponderá al socio don Jorge Gonzalo Marchant Sutil, actuando por sí solo. Actuando administrador en forma indicada, en nombre y representación sociedad, podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, incluidos aquellos que a título enunciativo se indican en el literal “a” de dicha cláusula “Cuarto”. b) A partir de la fecha de fallecimiento del socio don Jorge Gonzalo Marchant Sutil, circunstancia ésta que no será necesario acreditar frente a terceros en forma alguna, siendo para estos terceros suficiente prueba de la circunstancia recién señalada la sola actuación de los administradores que se indican a continuación; la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la socia doña María Rebeca San Martín Gárate, a don Joaquín Lathrop Marchant, cédula de identidad número diecisiete millones seiscientos noventa y ocho mil ochocientos treinta guión cuatro y a doña María Francisca Correa Marchant, cédula de identidad número diecisiete millones seiscientos noventa y ocho mil ochocientos noventa y uno guión seis, quienes deberán actuar en forma conjunta dos cualesquiera de ellos. Actuando los administradores en la forma indicada, tendrán la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social, con todas las facultades que se mencionan en el literal “a” de la referida cláusula “Cuarto”, pudiendo celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, sean éstos de administración o disposición de bienes.- c) A partir de la fecha de fallecimiento de la socia doña María Rebeca San Martín Gárate y habiéndose producido el fallecimiento del socio don Jorge Gonzalo Marchant Sutil, la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a un Directorio designado por las personas que se indican más adelante, quedando automáticamente sin efecto los poderes otorgados a don Joaquín Lathrop Marchant y a doña María Francisca Correa Marchant. La circunstancia de la muerte de doña María Rebeca San Martín Gárate no será necesario acreditarla frente a terceros en forma alguna, siendo para estos terceros suficiente prueba la sola actuación del Directorio cuya formación, funcionamiento y facultades se establecen en el literal “c” de la citada cláusula “Cuarto” del pacto social. La responsabilidad personal de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás cláusulas constan escritura que extracto. Santiago, 17 de febrero de 2022.mmo.-