MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

VENTA AL POR MENOR DE ALIMENTOS EN COMERCIOS ESPECIALIZADOS NEDIELKO NICOLÁS SIMUNOVIC ANDRADE E.I.R.L.

RUT 77174961-5 CVE 2088812
Fecha instrumento
14 de diciembre de 2021

Instrumento

Fecha
14 de diciembre de 2021
Repertorio
99048-2021
Notario
Francisco Javier Muñoz Flores
Domicilio
y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, SEBASTIÁN RODRIGO VARAS AYALA, chileno, soltero, abogado, C.N.I Nº17.599.847-0, con domicilio en calle Los Militares Nº5.620, oficina 1115, Las Condes, Santiago, quien actuó en representación, según se acreditó, de NEDIELKO NICOLAS SIMUNOVIC ANDRADE, chileno, empresario, soltero, Cédula Nacional de Identidad Número 16.610.155-7, quien a su vez actúo en representación, según se acreditó, de la empresa “VENTA AL POR MENOR DE ALIMENTOS EN COMERCIOS ESPECIALIZADOS NEDIELKO NICOLÁS SIMUNOVIC ANDRADE E.I.R.L” del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº77.174.961-5, ambos con domicilio en Calle Mariano Sánchez Fontecilla Nº11848, comuna de Peñalolén; el compareciente mayor de edad, quien expone lo siguiente: Que, mediante escritura pública otorgada ante la Notario Público de Santiago María Soledad Lascar Merino, de fecha 14 de diciembre del año 2021, repertorio Nº99.048 - 2021, se transformó a sociedad por acciones y se modificaron estatutos de la sociedad denominada “VENTA AL POR MENOR DE ALIMENTOS EN COMERCIOS ESPECIALIZADOS NEDIELKO NICOLÁS SIMUNOVIC ANDRADE E.I.R.L..- Declara asimismo el compareciente que se encuentra facultado por mandato especial otorgado en la cláusula cuarta de la mencionada escritura de transformación y modificación de sociedad, para suscribir la presente escritura de saneamiento.- Por presente instrumento, el compareciente viene en sanear escritura pública individualizada en la cláusula primero, con el objeto de proceder a la inscripción y publicación de la primera escritura dentro de los plazos que determina la ley, ante el Registro de Comercio y Diario Oficial respectivamente.- Para todos los efectos legales ambas escrituras se entenderán como una sola.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 10 de febrero de 2022.-