MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS MAROMAS LIMITADA

RUT 76244984-6 CVE 2088008
Capital
$30.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de diciembre de 2021
Notaría
San Fernando

Instrumento

Fecha
28 de diciembre de 2021
Repertorio
4590-2021
Comuna
San Fernando

Sociedad

Capital
$30.000.000 CLP
Domicilio
Comuna de Chepica. Modificaciones: Los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad antes singularizada, vienen en modificar el estatuto social en el sentido siguiente: a) Rodrigo René Peña Urzúa, vende, cede y transfiere un 40% de la totalidad de los derechos sociales a Catalina Andrea Peña Urzúa quien los compra, adquiere y acepta para sí, quedando distribuido el capital social de la siguiente manera: Catalina Andrea Peña Urzúa con un 90% y Rodrigo René Peña Urzúa por un 10%. b) las utilidades y perdidas de la sociedad se repartirán entre los socios, en una proporción de un 90% para doña Catalina Andrea Peña Urzúa, y en un 10% para don Rodrigo René Peña Urzúa, en la misma forma soportarán las pérdidas. c) Se modifica la administración de la sociedad, que a partir del presente acto será ejercida de forma individual por Catalina Andrea Peña Urzua, con todas las facultades indicadas en la escritura extractada. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes todas las demás disposiciones del estatuto social primitivo

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Minas y Comercio de Santa Cruz. Sociedad del giro de su denominación socio 76244984-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO ORTEGA JIRON, abogado Notario Titular Primera Notaría de San Fernando, calle Chillán 680, certifica: Que por escritura pública de fecha 28/12/2021, bajo el repertorio Nº 4.590-2021, otorgada ante mí: CATALINA ANDREA PEÑA URZÚA y don RODRIGO RENÉ PEÑA URZÚA, ambos domiciliados en la comuna de Chépica, Fundo San Carlos, Sexta Región, modificaron sociedad “SOCIEDAD AGRÍCOLA LAS MAROMAS LIMITADA”, o “AGRÍCOLA LAS MAROMAS LTDA.”, constituida mediante escritura pública de fecha diecisiete de enero del año dos mil trece, otorgada ante el Notario Público de Santa Cruz, don Jorge Carvallo Velsco, bajo el repertorio noventa y siete guion dos mil trece, la que se inscribió a fojas dieciocho vuelta, número catorce, del Registro de Comercio del año dos mil trece, en el Conservador de Minas y Comercio de Santa Cruz, publicado en el Diario Oficial de fecha veintiocho de enero de dos mil trece, posteriormente modificada por escritura pública de fecha cinco de diciembre del año dos mil catorce, ante el Notario Público de San Fernando, don VICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO, bajo el repertorio tres mil quinientos treinta y cuatro guion dos mil catorce, inscrita a fojas veintidós, número quince, del Registro de Comercio del año dos mil trece, en el Conservador de Minas y Comercio de Santa Cruz. Sociedad del giro de su denominación, RUT 76.244.984-6. Domicilio: Comuna de Chepica. Modificaciones: Los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad antes singularizada, vienen en modificar el estatuto social en el sentido siguiente: a) Rodrigo René Peña Urzúa, vende, cede y transfiere un 40% de la totalidad de los derechos sociales a Catalina Andrea Peña Urzúa quien los compra, adquiere y acepta para sí, quedando distribuido el capital social de la siguiente manera: Catalina Andrea Peña Urzúa con un 90% y Rodrigo René Peña Urzúa por un 10%. b) las utilidades y perdidas de la sociedad se repartirán entre los socios, en una proporción de un 90% para doña Catalina Andrea Peña Urzúa, y en un 10% para don Rodrigo René Peña Urzúa, en la misma forma soportarán las pérdidas. c) Se modifica la administración de la sociedad, que a partir del presente acto será ejercida de forma individual por Catalina Andrea Peña Urzua, con todas las facultades indicadas en la escritura extractada. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen plenamente vigentes todas las demás disposiciones del estatuto social primitivo. Demás estipulaciones que no son materia de extracto y demás estipulaciones en escritura extractada. Capital: $30.000.000. San Fernando a 03 de enero de 2022.