CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Loncotraro Investments Limitada

RUT 76313800-3 CVE 2087993
Capital
$620.724.140 CLP
Fecha instrumento
3 de enero de 2022
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de enero de 2022
Repertorio
34-22
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
agrupación de comunas de Temuco

Sociedad

Capital
$620.724.140 CLP
Domicilio
Ciudad de Villarrica
Duración
La duración de la sociedad será de 10 años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de no renovar el pacto social, lo que se expresará por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período que corresponda

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas de capitales mobiliarios que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica de aquellas a que se refiere el artículo 20, N°2 de la Ley de Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, acciones o cuotas de fondo de inversión, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de estas, y en general de todo acto, contrato, negocio actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. C

Administración

La administración y el uso de la razón social corresponderán individual e indistintamente a Plinio Alberto Picasso Sanguinetti. E

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Plinio Alberto Picasso Sanguinetti representante 4380968-7

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público de la agrupación de comunas de Temuco, Padre las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N°979, ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, certifico: Que por escritura pública de fecha 3 de enero de 2022, N° de repertorio 34-22, otorgada ante mí, comparecieron: (i) “Inversiones Don Luis Limitada”, Rol Único Tributario N°76.313.800-3, representada por Plinio Alberto Picasso Sanguinetti, CNI N°4.380.968-7; (ii) “Inversiones Los Alpes Limitada”, Rol Único Tributario N°76.313.720-1, representada por Plinio Alberto Picasso Sanguinetti, ya individualizado; todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida San Martin N°745, oficina 1001, ciudad y comuna de Temuco, Región de la Araucanía, quienes en su calidad de únicos socios de la sociedad “Inmobiliaria Loncotraro Limitada”, Rol Único tributario N°89.691.100-7, inscrita a fojas 12 vuelta, N°11 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica del año 2001, adoptaron los siguientes acuerdos materia de extracto: I. Dividir la sociedad “Inmobiliaria Loncotraro Limitada”, subsistiendo ésta como continuadora que girará bajo la misma razón social “Inmobiliaria Loncotraro Limitada” (“Sociedad Continuadora”) y creándose una nueva sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la razón social de “Loncotraro Investments Limitada” (“Nueva Sociedad”). II. Disminuir el capital estatutario de la Sociedad Continuadora, desde la suma de 900.000.000 pesos, a la cantidad de 620.724.140 pesos. De esta forma, el monto de la disminución del capital de la Sociedad Continuadora será asignado como capital a la Nueva Sociedad “Loncotraro Investments Limitada”. III. Dados estos acuerdos, se modificó el Artículo Quinto de la sociedad “Inmobiliaria Loncotraro Limitada”, siendo el siguiente materia extracto: “CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de 620.724.140 pesos, que los socios han enterado y pagado íntegramente en la siguiente proporción: a) “Inversiones Don Luis Limitada”, la suma de 310.362.070 pesos, equivalente al cincuenta por ciento del total del interés social; y, b) “Inversiones Los Alpes Limitada”, la suma de 310.362.070 pesos, equivalente al restante cincuenta por ciento del total del interés social.” Y, IV. Aprobar el texto de los estatutos por los cuales se regirá la Nueva Sociedad, que nace producto de la división acordada, siendo las siguientes materias de extracto: A. RAZÓN SOCIAL: “Loncotraro Investments Limitada”. B. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto la obtención de rentas de capitales mobiliarios que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica de aquellas a que se refiere el artículo 20, N°2 de la Ley de Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación. La sociedad podrá obtener únicamente rentas de la realización de toda clase de inversiones en el exterior en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, sea en bienes muebles, corporales o incorporales, en todo tipo de efectos de comercio, acciones o cuotas de fondo de inversión, en derechos en todo tipo de sociedades constituidas en el extranjero, ya sea concurriendo en su formación o adquiriendo derechos en ellas una vez constituidas; de la administración de tales inversiones en moneda extranjera, y percibir todos los frutos provenientes de estas, y en general de todo acto, contrato, negocio actividad o industria que los accionistas acuerden realizar en el extranjero; bonos y debentures o títulos de crédito; cuotas de fondos de cualquier tipo; créditos de cualquier clase; dividendos y demás beneficios derivados del dominio, posesión o tenencia a cualquier título de acciones de sociedades anónimas extranjeras; depósitos en dinero, a la vista o a plazo; cauciones en dinero; contratos de renta vitalicia e instrumentos de deuda de oferta pública. C. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la suma de 279.275.860 pesos, que los socios aportaron y enteraron en las siguientes proporciones: Uno) “Inversiones Don Luis Limitada”, la suma de 139.637.930 pesos, equivalente al cincuenta por ciento del total del interés social; y, b) “Inversiones Los Alpes Limitada”, la suma de 139.637.930 pesos, equivalente al restante cincuenta por ciento del total del interés social. El capital fue suscrito y pagado íntegramente por los socios mediante aportes realizados en la sociedad “Inmobiliaria Loncotraro Limitada”, por cuya división se constituye “Loncotraro Investments Limitada”. D. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderán individual e indistintamente a Plinio Alberto Picasso Sanguinetti. E. DOMICILIO: Ciudad de Villarrica; sin perjuicio de las agencias, oficinas, o sucursales que acuerde establecer en otras comunas del país o en el extranjero. Y, F. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 10 años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de no renovar el pacto social, lo que se expresará por escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período que corresponda. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 07 de febrero de 2022.