Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2022
- Repertorio
- 174
- Comuna
- Quilpué
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
- Ley aplicable
- ley Nº 19.499
Referencias (2)
- do publicacion DO N° 43138 del 28 de diciembre de 2021
- do publicacion DO N° 43157 del 20 de enero de 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Acuña Pérez, Abogado, Titular de la Primera Notaría de Quilpué, con oficio en Andrés Bello 453, Certifico: Por escritura de hoy, ante mí, Repertorio N° 174, Benjamín Eugenio Alarcón Merino, chileno, divorciado, comerciante, cédula de identidad Nº 6.705.682-5, domiciliada Avenida Valparaíso 1646, local 3, comuna de Villa Alemana, de conformidad a lo dispuesto en ley Nº 19.499, sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades y artículo 426 del Código de Comercio, el comparecientes y único socio de la compañía viene en ratificar y/o sanear en todas sus partes el contrato de sociedad otorgado y suscrito con fecha 23 de Diciembre de 2021 ante el Notario Público Titular de la Primera Notaría de Quilpué, don Jorge Acuña Pérez, Repertorio N° 1936, mediante el cual se constituyó una sociedad por acciones denominada “COMERCIAL BENALA SpA”, con un capital de $6.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, sin privilegios ni preferencias. Constituyente suscribe dichas 1000 acciones, pagando valor de 500 acciones, por un monto de $3.000.000.-, y el saldo se pagará dentro del plazo de 2 años; cuyo extracto se publicó en el la publicación del extracto en el Diario Oficial N° 43.157 de fecha 20 de enero de 2022, en la cual se salvó una omisión inadvertida acerca de la comuna de domicilio del constituyente. El extracto de la sociedad no se inscribió oportunamente en el Conservador de Comercio, dado lo cual, por este acto el único socio de la compañía procede a ratificar y hacer suya en todas sus partes, cada una de las estipulaciones del acto jurídico mediante el cual constituyo la sociedad por acciones denominada “COMERCIAL BENALA SpA.” según la escritura pública individualizada precedentemente, ratificación luego de la cual se procederá a la inscripción en el Registro de Comercio en forma oportuna.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Quilpué, 07 de Febrero de 2022.