Inmobiliaria Azul Internacional Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2021
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $19.583.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana o Casablanca, Región de Valparaíso. 5)
- Duración
- El plazo de duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, a menos que dos o más socios que representen a lo menos el 50% de los derechos sociales manifiesten su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. 6)
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto exclusivo la inversión en acciones o derechos de sociedades extranjeras y la adquisición de toda clase de bienes en dólares de los Estados Unidos de América u otra moneda extranjera, sean estos muebles, inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos, con la finalidad de obtener las rentas que de ellos se deriven, incluyéndose los frutos civiles u otros que provengan de la enajenación de las inversiones o bienes que adquiera. La sociedad no podrá realizar inversiones en pesos chilenos o adquirir bienes situados en Chile. 3) Administración y uso de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2021, ante mí, Inmobiliaria Azul Limitada y Gladys Eugenia Cárdenas Narváez, ambas domiciliadas en José Alcalde Délano N° 10.581, Oficina 617, Lo Barnechea, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: 1) Razón Social: “INMOBILIARIA AZUL INTERNACIONAL LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía “AZUL INTERNACIONAL LIMITADA”. 2) Objeto: La sociedad tendrá por objeto exclusivo la inversión en acciones o derechos de sociedades extranjeras y la adquisición de toda clase de bienes en dólares de los Estados Unidos de América u otra moneda extranjera, sean estos muebles, inmuebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones o derechos, con la finalidad de obtener las rentas que de ellos se deriven, incluyéndose los frutos civiles u otros que provengan de la enajenación de las inversiones o bienes que adquiera. La sociedad no podrá realizar inversiones en pesos chilenos o adquirir bienes situados en Chile. 3) Administración y uso de razón social: Corresponderá a Inmobiliaria Azul Limitada, quien designará uno o más mandatarios mediante escritura pública, para que actuando individual o conjuntamente representen a la Sociedad. 4) Domicilio: Santiago, Región Metropolitana o Casablanca, Región de Valparaíso. 5) Duración: El plazo de duración de la sociedad será de 10 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, a menos que dos o más socios que representen a lo menos el 50% de los derechos sociales manifiesten su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en vigencia, mediante declaración efectuada por escritura pública, que deberá anotarse al margen de la inscripción del extracto de la escritura de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con a lo menos, 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo o prórroga que se encontrare vigente. 6) Capital: El capital de la sociedad son US$19.583.000, que los socios aportan en las siguientes proporciones: /i./ Inmobiliaria Azul Limitada aporta US$19.581.260,15, mediante el aporte en dominio de 5.108 acciones de LOGU CORP., una sociedad válidamente constituida y vigente conforme a las leyes del Estado de Delaware, de los Estados Unidos de América, equivalente al 99,99% de los derechos sociales; y /ii./ Gladys Eugenia Cárdenas Narváez aporta y paga en el presente acto US$1.739,85, equivalentes al 0,01% de los derechos sociales. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 10 de febrero de 2022.