MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CAFETERÍA MANUEL MONTT LIMITADA

RUT 76387390-0 CVE 2087401
Fecha instrumento
14 de enero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de enero de 2022
Repertorio
747/2022
Notario
JORGE LOBOS DIAZ
Oficio
Cuarta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será: la realización por cuenta propia o de terceros de las siguientes operaciones: La elaboración, ejecución y desarrollo de proyectos sobre toda especie de restaurant, discoteque, centro de eventos, pub, bar, cafés o establecimientos de atención directa a público o vía telemática, como a vía ejemplar las relacionada con los rubros de cafetería, fuente de soda, restaurant, salón de té, cigarrería, tabacos y útiles para fumar, comercio de diarios, revistas y análogos, panadería, pastelería, rotisería, comercio de galletas, dulces, helados, pizzería, botillería, depósitos de bebidas alcohólicas y anaicohólicas, cervecería, aguas minerales, servicios de comidas preparadas, la compra y venta de productos de los rubros citados. En general la importación, exportación, producción, compra, venta, comercialización, expendio y distribución, al mayor o al detalle de: todo tipo de bienes muebles, todo tipo de alimentos, bebidas, alcohólicas y)o analcohólicas, servicios de alimentación y buffete, maquinarias, equipos, herramientas, materiales, productos y manufacturas derivados de la industria alimenticia, cocina, bar y los similares, complementarios, accesorios, que sean necesarios para el cumplimiento del

Administración

La administración, la representación, y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don JOSEPH HENRY DE RAUCOURT PEREZ-CANTO con las más amplias facultades y sin limitaciones, y, en especial, con la enumeración de facultades de administración señaladas en la escritura extractada

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
INMOBILIARIA LINDEROS SpA socio 96722340-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita 20, Comuna de Las Condes, ex Paseo Ahumada 341, 4º piso, Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 14/01/2022, Repertorio 747/2022, ante mi, don CHRISTIAN KAST RIST, chileno, casado y separado totalmente de bienes, industrial, C.I. 5.809.271-1, en representación de las sociedades: 1) INMOBILIARIA BAVARIA LIMITADA RUT N°76.683.623-2; 2) INMOBILIARIA LINDEROS SpA, RUT N° 96.722.340-9 todos domiciliados estos efectos en Estado N° 42 of N° 405, Santiago, don JOSEPH HENRY DE RAUCOURT PEREZ-CANTO, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, C.I. 10.759.954-1, quien comparece por sí y en representación de la sociedad DE RAUCOURT LIMITADA, del giro corretaje, RUT N°76.178.980-5 ambos con domicilio en esta ciudad, Bellavista N°0373, Oficina D, comuna de Providencia, región Metropolitana; modificaron la sociedad CAFETERÍA MANUEL MONTT LIMITADA RUT N° 76.387.390-0, sociedad inscrita en el Registro de Comercio Santiago, a fojas 23.030 N° 16.752 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2005. La modificación consiste: se retiran de la sociedad INMOBILIARIA BAVARIA LIMITADA e INMOBILIARIA LINDEROS SPA e ingresan a la misma la sociedad DE RAUCOURT LIMITADA y don JOSEPH HENRY DE RAUCOURT PEREZ CANTO, quedando estos dos últimos como únicos socios. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES: ARTÍCULO SEXTO: CAPITAL. El capital de la sociedad será la suma de doscientos mil pesos, el que se entera y paga de la siguientes forma: A) la sociedad DE RAUCOURT LIMITADA aporta la suma de ciento noventa y seis mil pesos, los cuales han ingresado a la caja social, declarando la sociedad haberlos recibido, otorgando el correspondiente finiquito; y B) don JOSEPH HENRY DE RAUCOURT PEREZ CANTO aporta la suma de cuatro mil pesos, los cuales han ingresado a la caja social, declarando la sociedad haberlos recibido, otorgando el correspondiente finiquito. De esta manera el capital social de “CAFETERÍA MANUEL MONTT LIMITADA” queda totalmente enterado y pagado y se compone por los siguientes socios con los derechos que se indican: A) la sociedad DE RAUCOURT LIMITADA, con noventa y ocho por ciento del capital social; y B) don JOSEPH HENRY DE RAUCOURT PEREZ CANTO, dos por ciento del capital social.- Otra modificación consiste: Uno) ARTÍCULO TERCERO: OBJETO. El objeto de la sociedad será: la realización por cuenta propia o de terceros de las siguientes operaciones: La elaboración, ejecución y desarrollo de proyectos sobre toda especie de restaurant, discoteque, centro de eventos, pub, bar, cafés o establecimientos de atención directa a público o vía telemática, como a vía ejemplar las relacionada con los rubros de cafetería, fuente de soda, restaurant, salón de té, cigarrería, tabacos y útiles para fumar, comercio de diarios, revistas y análogos, panadería, pastelería, rotisería, comercio de galletas, dulces, helados, pizzería, botillería, depósitos de bebidas alcohólicas y anaicohólicas, cervecería, aguas minerales, servicios de comidas preparadas, la compra y venta de productos de los rubros citados. En general la importación, exportación, producción, compra, venta, comercialización, expendio y distribución, al mayor o al detalle de: todo tipo de bienes muebles, todo tipo de alimentos, bebidas, alcohólicas y/o analcohólicas, servicios de alimentación y buffete, maquinarias, equipos, herramientas, materiales, productos y manufacturas derivados de la industria alimenticia, cocina, bar y los similares, complementarios, accesorios, que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social. El desarrollo de toda clase de eventos y producciones, la asesorías y consultorías sobre todos los rubros mencionados, pudiendo realizar todas las operaciones comerciales o industriales que se les relacionen directa o indirectamente, incluso aquellas anteriores o posteriores, así como cualquier actividad que resulte útil o necesaria abarcar, y, en general toda clase de actividades relacionadas o no y que los socios acuerden.- ASIMISMO MODIFICAN ARTÍCULO OCTAVO DEL PACTO SOCIAL, DE LA ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación, y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don JOSEPH HENRY DE RAUCOURT PEREZ-CANTO con las más amplias facultades y sin limitaciones, y, en especial, con la enumeración de facultades de administración señaladas en la escritura extractada. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. mmo.