Sociedad Comercial Santa Luisa Limitada
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPor escritura pública de fecha 19 de Enero del año 2022, ante mí, Álvaro Francisco Estrada Alvaradodoña MONICA ISABEL FUENZALIDA ARMIJO, quien declara ser chilena, casada, actuando bajo el imperio de su patrimonio reservado en virtud del artículo ciento cincuenta del Código Civil, empresaria, cédula nacional de identidad y RUT número nueve millones seiscientos ochenta y siete mil trescientos ochenta y cinco guión nueve, domiciliada en calle Alejandro Galaz número cuatrocientos uno, Comuna de Casablanca, Provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso; don NICOLÁS FELIPE EMERSON VELÁSQUEZ FUENZALIDA, quien declara ser chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad y RUT número quince millones novecientos cincuenta mil novecientos noventa y siete guión cuatro, domiciliado en calle Santa Luisa número quinientos veintiuno, Comuna de Casablanca, Provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso; y don THOMAS PATRICIO VELÁSQUEZ FUENZALIDA, quien declara ser chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad y RUT número dieciséis millones ciento cuatro mil setecientos noventa y cinco guión tres, domiciliada en La Avena número seiscientos sesenta y ocho, Villa El Molino, Comuna de Casablanca, Provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso, modificaron una sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Comercial Santa Luisa Limitada" O "Comercial Santa Luisa Ltda.", rol único tributario número 76.775.363-2, domiciliada en Casablanca, constituida por escritura pública de 21 de junio del año 2017, otorgada ante el Notario de Casablanca, de don Hugo Patricio Monroy Foix, cuyo extracto de constitución se publicó en el Diario Oficial de 30 de junio de 2017, edición 41796, el cual se inscribió a fojas 72, número 71, del Registro de Comercio del año 2017, del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Casablanca. El objeto o giro social será el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias, en especial la fabricación, procesamiento y comercialización, en todas sus formas, de toda clase de productos alimenticios e insumos gastronómicos, incluyendo en ello, la instalación y explotación de minimarkets, panaderías, amasanderías, rotiserías, botillerías, y otros similares; además de la exportación e importación de toda clase de productos, y en general, cualquier otra actividad que se relacione o no, en la actualidad o en el futuro, con lo mencionado, y cualquier otro negocio que acordaren los constituyentes. La representación y la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios doña Mónica Isabel Fuenzalida Armijo, y don Nicolás Felipe Emerson Velásquez Fuenzalida, quienes actuando en forma individual y/o conjuntamente, ambas formas indistintamente, y anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos. La duración de la sociedad es de cinco años, a contar de la fecha de la presente escritura, y este plazo se entenderá renovado tácita y sucesivamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con una anticipación de tres meses, a lo menos, antes del fin del respectivo período. Las modificaciones consisten en: don Nicolás Felipe Emerson Velásquez Fuenzalida, vende, cede y transfiere a don Thomas Patricio Velásquez Fuenzalida, todos sus derechos sociales, en el precio de dos millones de pesos, pagado con anterioridad a la celebración del presente acto, suma que la parte vendedora declara haber recibido a su plena y total conformidad, declarando don Nicolás Felipe Emerson Velásquez Fuenzalida, haber recibido la cantidad ya referida a su entera satisfacción, dando de esa forma por total e íntegramente pagado el precio de la presente cesión. Como consecuencia de la cesión antes indicada, don Nicolás Felipe Emerson Velásquez Fuenzalida, deja de ser parte de Sociedad Comercial Santa Luisa Limitada, y doña Mónica Isabel Fuenzalida Armijo, y don Thomas Patricio Velásquez Fuenzalida, quedan dueños de un cincuenta por ciento de los derechos sociales, la primera, y de un cincuenta por ciento de los derechos sociales, el segundo. Asimismo, y como consecuencia de la anterior venta, se modifica la administración de la señalada sociedad establecida en la cláusula CUARTA, en el sentido de que el uso del nombre social, corresponderá a los socios doña Mónica Isabel Fuenzalida Armijo, y don Thomas Patricio Velásquez Fuenzalida, en forma separada y/o conjuntamente, y obrando dentro del giro social, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, obligándola en toda clase de actos y contratos, manteniendo las facultades expresadas en las cláusula cuarta de la escritura de constitución de sociedad. En lo demás continua plenamente vigente el estatuto de la sociedad con las adecuaciones necesarias para su acertada inteligencia. Casablanca 19 de Enero del año 2022.