MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Támesis y Cía. Limitada

RUT 77365800-5 CVE 2086853
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2021
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2021
Comuna
San Miguel

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Abogado, Notario Titular de la Novena Notaría de San Miguel, domiciliado en Gran Avenida 4886, comuna de San Miguel certifico: Por escritura pública de fecha 30 de Diciembre de 2021, ante mí, Uno/ don Francisco Javier García Holtz, domiciliado en calle Camino La Empedrada número 509, Lote número Diez-C, Condominio Fundo Zapallar, comuna de Zapallar, Región de Valparaíso; Dos/ doña María de los Ángeles Prat Guarachi, doña María de los Ángeles García Prat, don Francisco Javier García Prat, doña Florencia María García Prat, doña Jacinta María García Prat, don Clemente José García Prat, y doña Dominga María García Prat, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en Avenida Parque Golf número 10.620-202, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, modificaron los Estatutos de la sociedad "Inversiones Támesis y Cía. Limitada", inscrita a Fojas 4.603 Número 2.611 del Registro de Comercio del año 2018, en el Conservador de Comercio de Santiago, en adelante la "Sociedad". Modificaciones consisten: Uno/ Se modifica la composición de socios y participaciones de ellos en la Sociedad y distribución del capital, al reducir don Francisco Javier García Holtz su participación desde un 85% a un 52%, al haber transferido un 2% de los derechos sociales a la socias María de los Ángeles Prat Guarachi, y un 1% de los derechos sociales a doña María de los Ángeles García Prat, las cuales aumentan su participación a un 12% y a un 6% respectivamente; y, adicionalmente, por transferir a los nuevos socios que se incorporan a la Sociedad señores Francisco Javier García Prat, Florencia María García Prat, Jacinta María García Prat, Clemente José García Prat y Dominga María García Prat un 6% de los derechos sociales a cada uno, todas transferencias de derechos en virtud del contrato de donación celebrado con cada uno de los respectivos socios. Dos/ En razón de los cambios en la composición de los socios y su participación en el capital social, todos los anteriores modifican y reemplazan el artículo Cuarto de los Estatutos de la Sociedad, relativo al capital social, por el siguiente: "CUARTO: El capital de la Sociedad es la suma de $15.000.000, que los socios aportan, enteran y pagan en la siguiente proporción: a) don Francisco Javier García Holtz aporta la suma de $7.800.000, que corresponden a un 52 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, que ha enterado y pagado en su totalidad; b) doña María de los Ángeles Prat Guarachi aporta la suma de $1.800.000, que corresponde a un 12 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, que ha enterado y pagado en su totalidad; c) doña María de los Ángeles García Prat aporta la suma de $900.000, que corresponde a un 6 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, que ha enterado y pagado en su totalidad; d) don Francisco Javier García Prat aporta la suma de $900.000, que corresponde a un 6 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, que ha enterado y pagado en su totalidad; e) doña Florencia María García Prat aporta la suma de $900.000, que corresponde a un 6 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, que ha enterado y pagado en su totalidad; f) doña Jacinta María García Prat aporta la suma de $900.000, que corresponde a un 6 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, que ha enterado y pagado en su totalidad; g) don Clemente José García Prat aporta la suma de $900.000, que corresponde a un 6 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, que ha enterado y pagado en su totalidad; y, h) doña Dominga María García Prat aporta la suma de $900.000, que corresponde a un 6 por ciento de los derechos sociales de la Sociedad, que ha enterado y pagado en su totalidad. El capital de la Sociedad ascendente a $15.000.000 se encuentra íntegramente enterado y aportado. El capital se sujetará a la corrección monetaria dispuesta en la Ley.". - En todo lo no modificado, se mantienen plenamente vigente los Estatutos de la Sociedad en especial que la responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 4 de febrero de 2022.