MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES I TRES LIMITADA

RUT 76118417-2 CVE 2086952
Fecha instrumento
8 de febrero de 2022
Notaría
Santiago don GINO BENEVENTI ALFARO

Instrumento

Fecha
8 de febrero de 2022
Repertorio
2397-2022
Notario
DE MODIFICACION SERGIO ULLOA OJEDA
Oficio
Notario Interino de la 45° Notaria de Santiago don GINO BENEVENTI ALFARO
Comuna
Santiago don GINO BENEVENTI ALFARO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

DE MODIFICACION SERGIO ULLOA OJEDA, Notario Público Suplente del Notario Interino de la 45° Notaria de Santiago don GINO BENEVENTI ALFARO, Huérfanos N° 979, piso 7, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 08 de Febrero de 2022, ante mí, Repertorio N° 2.397-2022, ANA KARINA VARGAS GONZALEZ, chilena, viuda, cosmetóloga, C.I. N° 13.063.898-8, domiciliada en calle Camino Los Ingleses N° 117, Condominio Los Queltehues, comuna de Colina, Santiago, de paso en ésta; y doña ERNESTINA DEL TRANSITO CAMPOS BRAVO, chilena, viuda, labores de casa, C.I. N° 6.269.757-1, domiciliada en calle La Escuela N° 1346, departamento C, comuna de Las Condes, Santiago, modifican sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES I TRES LIMITADA”, R.U.T. N° 76.118.417-2, inscrita a fojas 43.183, bajo el N° 29.888 del año 2010, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en los siguientes términos: Ante el fallecimiento del socio PABLO IGNACIO BALLADARES CAMPOS, con fecha 02 de Julio del año 2020, Certificado de Defunción circunscripción Colina, número de inscripción ciento sesenta y nueve, del año dos mil veinte; Posesión Efectiva número de inscripción treinta y ocho mil setecientos noventa y cinco del año dos mil veintiuno del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, resolución exenta cuarenta y un mil setecientos sesenta y seis, de fecha primero de Julio de dos mil veintiuno, del Director del Registro Civil, Región Metropolitana de Santiago; resulta procedente aplicar la cláusula DECIMO CUARTA de los estatutos sociales, la que permite la continuidad de la sociedad con los herederos del socio fallecido; en virtud de lo expuesto y teniendo presente el modo de adquirir el dominio sucesión por causa de muerte, doña ANA KARINA VARGAS GONZALEZ Y ERNESTINA CAMPOS BRAVO vienen en incorporar, en calidad de socios a los hijos y herederos de don PABLO IGNACIO BALLADARES CAMPOS, y su individualización es la siguiente: don FRANCISCO IGNACIO BALLADARES VARGAS, C.I. N° 21.765.852-7, don TOMÁS IGNACIO BALLADARES VARGAS, C.I. N° 22.281.777-3 y don SIMON PEDRO BALLADARES VARGAS, C.I. N° 25.545.251-7, todos domiciliados calle Camino Los Ingleses N° 117, Condominio Los Queltehues, comuna de Colina, ciudad de Santiago, quienes siendo menores de edad, actúan representados legalmente por su madre doña ANA KARINA VARGAS GONZALEZ. Los socios recién incorporados, en su calidad de hijos y herederos del socio fallecido, conjuntamente con doña ANA KARINA VARGAS GONZALEZ, en su calidad de cónyuge y heredera del socio fallecido, adquieren el cien por ciento de los derechos de don PABLO IGNACIO BALLADARES CAMPOS en la sociedad, equivalente al 85% del capital social. Los derechos sociales entre los socios herederos, serán distribuidos conforme a lo establecido en las normas de la sucesión intestada consignadas en el Código Civil. Los socios herederos de común acuerdo manifiestan expresamente, en este acto, la voluntad permanecer en comunidad. Los socios vienen en sustituir el párrafo primero de la cláusula OCTAVA por el siguiente: “La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña ANA KARINA VARGAS GONZALEZ, quien anteponiendo su sola firma al nombre o razón social, la obligará y representará con las más amplias facultades”. En lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social originario. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 09 de Febrero del año 2022.