INVERSIONES MARÍA DEL PILAR BERNABE E HIJOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2022
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RAMÓN VENEGAS MORVAN, abogado, Notario Suplente, 26ª Notaría de Santiago, Apoquindo 3.196, Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de enero de 2022, Rep. N° 705-2022, ante el titular Humberto Quezada Moreno, doña MARÍA DEL PILAR BERNABE MOYA, don JULIO AUGUSTO COMPAGNON BERNABE, INVERSIONES KUNE SpA, don MICHEL ANDRE COMPAGNON BERNABE, INVERSIONES MATEO SpA, doña NICOLE MARIE COMPAGNON BERNABE, 3 ESTRELLAS SpA, doña PILAR SOLANGE COMPAGNON BERNABE e INVERSIONES E3 SpA, todos los anteriores con domicilio para estos efectos en Camino Santa Margarita número cero mil doscientos ochenta y cuatro, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana; acordaron modificar sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES MARÍA DEL PILAR BERNABE E HIJOS LIMITADA”, inscrita a fojas 60.507, Nº 41.928 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2008, en cuanto a sus socios, en el sentido que: Uno) “INVERSIONES KUNE SpA” adquirió derechos sociales equivalentes al 16,83% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES MARÍA DEL PILAR BERNABE E HIJOS LIMITADA mediante aporte de capital efectuado por don JULIO AUGUSTO COMPAGNON BERNABE, empresario individual, quien en virtud de tal aporte ha dejado de ser socio de la misma; Dos) “INVERSIONES MATEO SpA” adquirió derechos sociales equivalentes al 16,83% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES MARÍA DEL PILAR BERNABE E HIJOS LIMITADA mediante aporte de capital efectuado por don MICHEL ANDRE COMPAGNON BERNABÉ, empresario individual, quien en virtud de tal aporte ha dejado de ser socio de la misma; Tres) “3 ESTRELLAS SpA” adquirió derechos sociales equivalentes al 16,82% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES MARÍA DEL PILAR BERNABE E HIJOS LIMITADA mediante aporte de capital efectuado por doña NICOLE MARIE COMPAGNON BERNABÉ, empresaria individual, quien en virtud de tal aporte ha dejado de ser socia de la misma; Cuatro) “INVERSIONES E3 SpA” adquirió derechos sociales equivalentes al 16,83% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES MARÍA DEL PILAR BERNABE E HIJOS LIMITADA mediante aporte de capital efectuado por doña PILAR SOLANGE COMPAGNON BERNABÉ, empresaria individual, quien en virtud de tal aporte ha dejado de ser socia de la misma. Como consecuencia de lo anterior, se modifica el ARTÍCULO QUINTO de los estatutos sociales, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: CAPITAL. El capital de la Sociedad asciende a la suma de mil setecientos setenta y siete millones setecientos cincuenta y ocho mil trescientos cuarenta y seis pesos, que los socios aportan y pagan íntegramente en este acto, de la siguiente manera: Uno) doña María del Pilar Bernabé Moya aporta y paga cuatrocientos treinta y tres millones novecientos veinticinco mil cuatrocientos setenta y cinco pesos, equivalentes a veinticuatro coma cuarenta y un por ciento de los derechos sociales; Dos) doña María del Pilar Bernabé Moya, Empresaria Individual, aporta y paga ciento cuarenta y siete millones ciento ochenta y dos mil ciento setenta y un pesos, equivalentes a ocho coma veintiocho por ciento de los derechos sociales; Tres) INVERSIONES KUNE SpA aporta y paga doscientos noventa y nueve millones ciento sesenta y dos mil seiscientos setenta y cinco pesos, equivalentes a dieciséis coma ochenta y tres por ciento de los derechos sociales; Cuatro) INVERSIONES MATEO SpA aporta y paga doscientos noventa y nueve millones ciento sesenta y dos mil seiscientos setenta y cinco pesos, equivalentes a dieciséis coma ochenta y tres por ciento de los derechos sociales; Cinco) INVERSIONES E3 SpA aporta y paga doscientos noventa y nueve millones ciento sesenta y dos mil seiscientos setenta y cinco pesos, equivalentes a dieciséis coma ochenta y tres por ciento de los derechos sociales, y Seis) 3 ESTRELLAS SpA aporta y paga doscientos noventa y nueve millones ciento sesenta y dos mil seiscientos setenta y cinco pesos, equivalentes a dieciséis coma ochenta y dos por ciento de los derechos sociales.” Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de febrero de 2022. JRVM. Not. Sup.