Comercializadora Ditec Automóviles S.A.
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2021
- Notario
- JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
- Oficio
- 42ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.107.054 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público 42ª Notaría Santiago, Suplente del Titular don Álvaro David González Salinas, oficio Agustinas Nº 1070, piso 2, Santiago, certifica: Que por escritura pública de 31 de diciembre de 2021, ante mí, fue reducida el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “Comercializadora Ditec Automóviles S.A.”, en adelante la “Sociedad”, con extracto de constitución inscrito a fojas 30.347, bajo el N°24.232 en el Registro de Comercio de Santiago del año 1999, celebrada en presencia del notario suplente don José Leonardo Brusi Muñoz, el 31 de diciembre de 2021. En ella se acordó lo siguiente: I) Dividir la sociedad “Comercializadora Ditec Automóviles S.A.”, subsistiendo ésta como la continuadora legal y acordándose la constitución de una nueva sociedad anónima, que girará bajo la razón social “Inmobiliaria Nueva Ciudad S.A.”, con vigencia y efecto a contar del 31 de diciembre de 2021. II) Disminuir el capital social de “Comercializadora Ditec Automóviles S.A.” de la suma de $15.107.054.072 a la suma de $3.644.665.653. En consecuencia, el monto de la disminución de capital equivale a la suma de $11.462.388.419, los cuales corresponden al capital asignado a “Inmobiliaria Nueva Ciudad S.A.” producto de la división. III) Producto de la modificación anterior, se sustituye el artículo quinto permanente y segundo transitorio de “Comercializadora Ditec Automóviles S.A.”, relativos al capital social, siendo materia de extracto: ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de $3.644.665.653, dividido en 155.651 acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se encuentra totalmente suscrito y pagado. Y, IV) Aprobar el texto de los estatutos por los cuales se regirá “Inmobiliaria Nueva Ciudad S.A.”, que nace producto de la división acordada, cuyas principales cláusulas se mencionan en extracto separado. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de febrero de 2022.