AGRÍCOLA EL ALFALFAL LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2022
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $5.500.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de 1 año contado desde el día 25 de enero del año 2022, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 6 meses cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 3 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga
Objeto social
El objeto de la sociedad será la explotación agrícola y)o forestal de predios agrícolas propios y)o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de ellos. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 25 de enero del año 2022, ante mí, don ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ y la sociedad INVERSIONES SANTA LAURA LIMITADA, ambos domiciliados para estos efectos en calle José Ananías N°424, comuna de Macul, de paso en esta, Región Metropolitana, celebraron “Modificación de Estatutos y Textos Refundidos AGRÍCOLA EL ALFALFAL LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 7.317 N°6.057 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 1994, y acordaron lo siguiente: 1. Modificación de Estatutos: Los actuales y únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA EL ALFALFAL LIMITADA acordaron modificar el Artículo Tercero y el Artículo Noveno de los estatutos sociales, relativos al objeto y la duración de la sociedad, respectivamente, por los del siguiente tenor: “TERCERO: El objeto de la sociedad será la explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de ellos. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.” “NOVENO: La sociedad tendrá una duración de un año contado desde el día veinticinco de enero del año dos mil veintidós, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de seis meses cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con tres meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga.” 2. Estatutos Refundidos. Con la finalidad de incorporar en un solo instrumento todas las modificaciones sociales, y con el propósito de adecuar determinadas disposiciones a la realidad actual de la sociedad, los actuales y únicos socios de la sociedad AGRÍCOLA EL ALFALFAL LIMITADA acordaron otorgar el texto refundido de los estatutos sociales, cuyo tenor extractado es el siguiente: Entre don ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ y la sociedad INVERSIONES SANTA LAURA LIMITADA, ambos domiciliados para estos efectos en calle José Ananías N°424, comuna de Macul, de paso en esta, Región Metropolitana, otorgan los estatutos refundidos de la sociedad AGRÍCOLA EL ALFALFAL LIMITADA: Razón social: AGRÍCOLA EL ALFALFAL LIMITADA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación y la comercialización de los productos provenientes de ellos. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Duración: La sociedad tendrá una duración de 1 año contado desde el día 25 de enero del año 2022, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 6 meses cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 3 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: $5.500.000, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ, con la suma de $5.490.000, equivalentes al 99,81818% del total de los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; y b) la sociedad INVERSIONES SANTA LAURA LIMITADA, con la suma de $10.000, equivalentes al 0,18182% del total de los derechos sociales, íntegramente pagados y enterados en arcas sociales con anterioridad a esta fecha. Administración y Uso de Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. Don ADOLFO ELÍAS SEBASTIÁN HIRMAS HALABÍ no podrá ser removido de su cargo de administrador estatutario de la sociedad. En caso de incapacidad o fallecimiento, situación que no será necesaria acreditar ante terceros, éste será reemplazado por doña ANDREA SUSANA MANZUR GODOY, cédula de identidad número 13.714.302-K, quien actuará con las mismas facultades indicadas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Ramón, 04 de febrero de 2022. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.