Espánica Inmobiliaria y Constructora SpA
Instrumento
- Fecha
- 4 de febrero de 2022
- Repertorio
- 1081-2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La construcción y edificación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de obras civiles, caminos, puentes, viviendas, conjuntos habitacionales, establecimientos, loteos, y la ejecución de todo tipo de obras mediante contratos generales de construcción por suma alzada, administración, subcontratos de especialidades o en cualquier otra forma que se convenga; la elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería; el desarrollo de toda clase de encargos, de consultoría y la realización de toda clase de proyectos, estudios, asesorías y tasaciones; b) La adquisición, a cualquier título, de bienes raíces; su explotación bajo la forma de compraventa, loteo, urbanizaciones, enajenaciones, de cualquier especie, o arriendos u otros; su administración y percepción de frutos; c) compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, tasaciones y corretaje de bienes inmuebles urbanos y rurales; d) gestiones y asesorías inmobiliarias, estudio y ejecución de proyectos inmobiliarios y obras de construcción, por cuenta propia y ajena; e) invertir y reinvertir en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios y créditos, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures, opciones y todo tipo de instrumentos representativos de inversión sean de renta fija o variable; f) la administración, comercialización y explotación de todos estos bienes y la percepción de sus ingresos; y g) en general, ejecutar todos los actos que los socios acuerden para el buen manejo de la sociedad. La sociedad podrá desarrollar su giro directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don César Ricardo Cruz-Coke Correa y a don Daniel Cruz-Coke Pinochet, quienes actuando conjunta o separadamente y anteponiendo a su respectiva firma la razón social, podrán ejecutar todos los actos y celebrar los contratos que estimen convenientes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RAMÓN VENEGAS MORVAN, abogado, Notario Suplente de la Vigésimo Sexta Notaria de Santiago, con oficio en calle Apoquindo N°3.196 comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 4 de febrero de 2022, Repertorio N° 1.081-2.022, otorgada ante mi, don CÉSAR RICARDO CRUZ-COKE CORREA, chileno, empresario, divorciado, cédula nacional de identidad número seis millones trescientos setenta y siete mil doscientos tres guión ocho, domiciliado en Avenida Monseñor Escrivá de Balaguer número nueve mil doscientos once, sala siete guión ocho, Edificio Piamonte, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyó la sociedad por acciones denominada “Espánica Inmobiliaria y Constructora SpA, que se regirá por su estatuto social y por el Párrafo octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio; otorgando en la indicada escritura pública sus estatutos sociales, de los cuales extracto lo siguiente: Nombre: “Espánica Inmobiliaria y Constructora SpA". Objeto. El objeto de la sociedad será: a) La construcción y edificación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de obras civiles, caminos, puentes, viviendas, conjuntos habitacionales, establecimientos, loteos, y la ejecución de todo tipo de obras mediante contratos generales de construcción por suma alzada, administración, subcontratos de especialidades o en cualquier otra forma que se convenga; la elaboración de proyectos y cálculos de ingeniería; el desarrollo de toda clase de encargos, de consultoría y la realización de toda clase de proyectos, estudios, asesorías y tasaciones; b) La adquisición, a cualquier título, de bienes raíces; su explotación bajo la forma de compraventa, loteo, urbanizaciones, enajenaciones, de cualquier especie, o arriendos u otros; su administración y percepción de frutos; c) compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, tasaciones y corretaje de bienes inmuebles urbanos y rurales; d) gestiones y asesorías inmobiliarias, estudio y ejecución de proyectos inmobiliarios y obras de construcción, por cuenta propia y ajena; e) invertir y reinvertir en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios y créditos, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures, opciones y todo tipo de instrumentos representativos de inversión sean de renta fija o variable; f) la administración, comercialización y explotación de todos estos bienes y la percepción de sus ingresos; y g) en general, ejecutar todos los actos que los socios acuerden para el buen manejo de la sociedad. La sociedad podrá desarrollar su giro directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Capital. El capital de la sociedad es de veintinueve millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ochenta y ocho pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben, enteran y se pagan en el mismo acto de constitución por el socio don César Ricardo Cruz-Coke Correa, en la forma que se indica en los artículos transitorios. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don César Ricardo Cruz-Coke Correa y a don Daniel Cruz-Coke Pinochet, quienes actuando conjunta o separadamente y anteponiendo a su respectiva firma la razón social, podrán ejecutar todos los actos y celebrar los contratos que estimen convenientes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 8 de febrero de 2022. JRVM. Not. Sup.