CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ASESORIAS LEGALES Y JURIDICAS MIÑO & CARDENAS SpA

CVE 2085185
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2021
Notario
ALBERTO MOZO AGUILAR
Domicilio
con oficio Teatinos 332

Sociedad

Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

tendrá por

Administración

Se designa como Administradores a don JORGE CRISTIAN CARDENAS SALDAÑA, y a ROSANA DEL CARMEN MIÑO ARAVENA, quienes actuaran conjuntamente con todas las facultades señaladas en el artículo noveno estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALBERTO MOZO AGUILAR, Notario público, titular, con oficio Teatinos 332, comuna de Santiago, certifico: Por escritura de 16 diciembre 2021, Rep. 7726-2021, ante mí, señores JORGE CRISTIAN CARDENAS SALDAÑA, chileno, divorciado, abogado, cédula nacional de identidad número quince millones ciento ochenta y cuatro mil quinientos veintidós guion tres domiciliado en calle Compañía de Jesús mil trescientos noventa, oficina número mil seiscientos seis, comuna de Santiago, Región Metropolitana y doña ROSANA DEL CARMEN MIÑO ARAVENA, abogada, chilena, casada en régimen de separación total de bienes, cedula nacional de identidad número once millones seiscientos setenta y cinco mil ciento ochenta y nueve guion cinco, con domicilio en calle Compañía de Jesus mil trecientos noventa, oficina mil seiscientos seis, comuna de Santiago, constituyeron sociedad por acciones denominada “ASESORIAS LEGALES Y JURIDICAS MIÑO & CARDENAS SpA”. DOMICILIO: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en otros puntos del país o del extranjero. DURACION: será indefinida, contar fecha presente instrumento, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. OBJETO: tendrá por objeto: a) La prestación de servicios profesionales de asesoría legal y jurídica, en toda el área del derecho, tanto en el sector privado como en el sector público, por cuenta propia e incluso a través de terceros; b) ejecutar actos de mediación remunerada entre contratantes para facilitar la conclusión, operación sobre inmuebles, estacionamientos comerciales o industriales, tales como, promesas de compraventa, compraventas, permutas, arrendamientos, tasaciones, pudiendo administrar inmuebles ajenos, y en general, ejecutar cualquier acto o contrato vinculado directa o indirectamente al corretaje de bienes raíces; c) Incorporarse o formar parte, en cualquier calidad, de toda clase de sociedades civiles o comerciales, asociaciones o comunidades, relacionadas directa e indirectamente con los objetos antes señalados; d) En general, el desarrollo de cualquier actividad análoga, o complementaria a las anteriores y la realización de todos aquellos actos y contratos que se relacionen con el objeto social. CAPITAL: capital social un millón de pesos dividido en cien acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal que se pagan de la siguiente forma: a) con la suma de quinientos mil pesos que paga doña ROSANA DEL CARMEN MIÑO ARAVENA, las cuales son pagadas en este acto de contado, ingresando a la caja social, y; b) con la suma de quinientos mil pesos que paga don JORGE CRISTIAN CARDENAS SALDAÑA, en este acto de contado, ingresando a la caja social, teniendo de esta manera el capital íntegramente pagado y suscrito. ADMINISTRACION: Se designa como Administradores a don JORGE CRISTIAN CARDENAS SALDAÑA, y a ROSANA DEL CARMEN MIÑO ARAVENA, quienes actuaran conjuntamente con todas las facultades señaladas en el artículo noveno estatutos. Demás estipulaciones escritura. Santiago, 17 diciembre de 2021.