AGRÍCOLA LA GLORIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de enero de 2022
- Repertorio
- 101-2022
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $650.000.000 CLP
- Domicilio
- Rengo
- Duración
- La sociedad tendrá una duración de diez años, contados desde la fecha de su constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola y)o forestal de predios agrícolas propios y)o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación, la comercialización y exportación de los productos provenientes de ellos
Administración
La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva a los socios, quienes la ejercerán a través de don PELAYO DEL SAGRADO CORAZÓN LARRAÍN ASPILLAGA, y de don PELAYO LARRAÍN VACAREZZA, quienes actuando de manera individual en nombre de la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en los estatutos, sin perjuicio de las limitaciones establecidas en estatutos para efectos de la administración y representación de la sociedad por parte de don PELAYO LARRAÍN VACAREZZA. Asistió la totalidad de los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, comuna de San Ramón, certifica: Con fecha 18 de enero del año 2022, ante mí, se redujo a escritura pública con Repertorio N°101-2022, Acta Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con misma fecha, de AGRÍCOLA LA GLORIA SpA, sociedad inscrita a fojas 85 Vuelta N° 95 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rengo correspondiente al año 2005. Se trató y acordó lo siguiente: I) La unanimidad de los accionistas acordó transformar la sociedad, con efecto a partir de la fecha de la junta, en una sociedad de responsabilidad limitada que continuará operando bajo la razón social de AGRÍCOLA LA GLORIA LIMITADA. II) La unanimidad de los accionistas acordó otorgar texto estatutos sociales, cuyo tenor extractado es el siguiente: SOCIOS: Don PELAYO DEL SAGRADO CORAZÓN LARRAÍN ASPILLAGA, doña JAVIERA LARRAÍN VACAREZZA, doña MARÍA IGNACIA LARRAÍN VACAREZZA, don PELAYO LARRAÍN VACAREZZA, doña MARÍA JOSÉ LARRAÍN VACAREZZA, y don MARTÍN LARRAÍN VACAREZZA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N°4.775, piso 9, comuna de Las Condes, de paso en ésta, Región Metropolitana. RAZÓN SOCIAL: AGRÍCOLA LA GLORIA LIMITADA, pudiendo usar indistintamente para todos los efectos, ya sean comerciales, de propaganda o de cualquier otro orden, aún ante los Bancos, el nombre de fantasía AGRÍCOLA LA GLORIA LTDA. DOMICILIO: Rengo, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o en el extranjero. DURACIÓN: La sociedad tendrá una duración de diez años, contados desde la fecha de su constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su intención de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola y/o forestal de predios agrícolas propios y/o arrendados o de los que la sociedad tome en medianería o en otra forma de explotación, la comercialización y exportación de los productos provenientes de ellos. CAPITAL: El capital de la sociedad asciende a la suma única y total de $650.000.000, íntegramente enterados con anterioridad a esta fecha y que los socios aportan de la siguiente manera: a) don PELAYO DEL SAGRADO CORAZÓN LARRAÍN ASPILLAGA aporta la suma de $649.967.500; b) doña JAVIERA LARRAÍN VACAREZZA aporta la suma de $6.500; c) doña MARÍA IGNACIA LARRAÍN VACAREZZA aporta la suma de $6.500; d) don PELAYO LARRAÍN VACAREZZA aporta la suma de $6.500; e) doña MARÍA JOSÉ LARRAÍN VACAREZZA aporta la suma de $6.500; y f) don MARTÍN LARRAÍN VACAREZZA aporta la suma de $6.500. ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá en forma exclusiva a los socios, quienes la ejercerán a través de don PELAYO DEL SAGRADO CORAZÓN LARRAÍN ASPILLAGA, y de don PELAYO LARRAÍN VACAREZZA, quienes actuando de manera individual en nombre de la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en los estatutos, sin perjuicio de las limitaciones establecidas en estatutos para efectos de la administración y representación de la sociedad por parte de don PELAYO LARRAÍN VACAREZZA. Asistió la totalidad de los accionistas. Los acuerdos se adoptaron por la unanimidad de las acciones. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 27 de enero de 2022. Notario Público.