MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SERVICIOS Y ASESORÍAS LOS ALTOS SpA

RUT 76074152-3 CVE 2085123
Capital
$200.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de febrero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de febrero de 2022
Repertorio
1913-2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$200.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 2 de febrero de 2022, bajo el Repertorio Nº 1.913-2022, ante mí: En junta extraordinaria de accionistas de SERVICIOS Y ASESORÍAS LOS ALTOS SpA, inscrita a fojas 47.338, número 32.781 del Registro de Comercio de Santiago del año 2009 (la “Sociedad”), celebrada con fecha 2 de febrero de 2022, don Camilo Andrés Justiniano Briones y doña María Catalina Valdés Bulnes, únicos accionistas de la Sociedad, acordaron: (i) Aumentar el capital de la Sociedad de la suma de $200.000.000, dividido en 200.000.000 acciones de una misma serie, todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, a la suma de $3.200.000.000, dividido en 3.200.000.000 acciones de una misma serie, todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, mediante la emisión de 3.000.000.000 nuevas acciones de pago ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. (ii) Reemplazar el artículo Quinto de los estatutos sociales por el siguiente nuevo artículo Quinto: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad será la suma de tres mil doscientos millones de pesos, dividido en tres mil doscientos millones de acciones de una misma serie, todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, que se suscriben y pagan en la forma indicada en el artículo Primero Transitorio de estos estatutos. Los eventuales aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro del plazo de cinco años contados desde el acuerdo de aumento de capital, y podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. Los aportes no consistentes en dinero deberán ser estimados de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento de capital. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Las acciones que emita la Sociedad se ofrecerán y colocarán al precio que determinen libremente los accionistas o quien fuere delegado al efecto por ellos. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y éstos tendrán derecho de opción preferente a suscribir las nuevas acciones en proporción a su participación accionaria al quinto día hábil previo al acuerdo de aumento de capital.”. (iii) Reemplazar el artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales por el siguiente nuevo artículo Primero Transitorio: “Artículo Primero Transitorio: El capital de la Sociedad asciende a la suma de tres mil doscientos millones de pesos, dividido en tres mil doscientos millones de acciones nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de la siguiente forma: (i) la suma de doscientos millones de pesos, dividido en doscientos millones de acciones nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas; y (ii) la suma de tres mil millones de pesos, dividido en tres mil millones de acciones nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que deberá ser suscrita y pagada en el plazo de cinco años contado desde la junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 2 de febrero de 2022.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 2 Febrero 2022.