CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA FEGOPA LIMITADA

RUT 14030582-0 CVE 2084943
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
31 de enero de 2022
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de enero de 2022
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
Concepción

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Concepción
Duración
20 años, a contar de fecha escritura, renovable por períodos de 5 años. Fallecimiento algún

Administración

corresponde al socio don PABLO ESTEBAN AGUAYO HERANE, con las facultades señaladas en la escritura social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, Certifica: Por escritura pública de fecha 31 de Enero de 2022, Rep.N°414, ante mí, don PABLO ESTEBAN AGUAYO HERANE, chileno, casado, arquitecto, cédula nacional de identidad Nº 14.030.582-0 domiciliado en calle Mac-Iver Nº 1730, de la Comuna de Concepción; don GONZALO MANUEL AGUAYO HERANE, chileno, soltero, administrador de empresas, cédula nacional de identidad Nº12.917.631-8, domiciliado en Avenida Laguna Redonda Nº 2027, departamento 62, Comuna de Concepción; y don FELIPE ALEJANDRO AGUAYO HERANE, chileno, soltero, ingeniero civil industrial, cédula nacional de identidad Nº 12.182.187-7, domiciliado en calle Montenegro número cuatrocientos setenta y nueve, Comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: “INMOBILIARIA FEGOPA LIMITADA”, nombre de fantasía “FEGOPA LTDA.” El objeto social es la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos y rurales, por cuenta propia o ajena, y cualquier otra actividad que se relacione con el rubro inmobiliario. Administración y uso de la razón social: corresponde al socio don PABLO ESTEBAN AGUAYO HERANE, con las facultades señaladas en la escritura social.- Capital: $3.000.000.-, enterado con el aporte de $1.000.000 por cada socio, al contado, en dinero efectivo, ingresado en caja social. Utilidades y pérdidas: se repartirán en proporción de un 33 por ciento cada uno de los socios don GONZALO MANUEL AGUAYO HERANE y don FELIPE ALEJANDRO AGUAYO HERANE, y un 34 por ciento el socio don PABLO ESTEBAN AGUAYO HERANE. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportes.- Duración: 20 años, a contar de fecha escritura, renovable por períodos de 5 años. Fallecimiento algún socio: la sociedad continúa. Domicilio: Concepción.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- CONCEPCION, 08 febrero 2022.