MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COOPERATIVA ARTÍSTICA Y DIGITAL RONDA LIMITADA

RUT 65196144-0 CVE 2084560
Fecha instrumento
4 de febrero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
4 de febrero de 2022
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ROBERTO FERNANDO PUGA PINO, Abogado, Notario Suplente de don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Alcántara N°107, Las Condes, Certifico: por escritura de fecha 04 de febrero de 2022, ante la Suplente MARÍA ELENA LEIVA CARVAJAL: Fue reducida a escritura pública Acta de Junta General de Socios de COOPERATIVA ARTÍSTICA Y DIGITAL RONDA LIMITADA, de fecha 18 agosto 2021, cuyo estatuto social se encuentra inscrito a fojas 40861 número 19473 de 2020 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Socios modificaron los siguientes artículos: Se reemplaza el artículo 7° por el siguiente: ARTÍCULO SIETE: PATRIMONIO: El Patrimonio de la Cooperativa estará conformado por los aportes de capital efectuados por los socios, las reservas de origen legal y voluntarias y los excedentes o las pérdidas existentes al cierre del período contable, de conformidad al artículo 31 inciso segundo de la Ley General de Cooperativas. Se reemplaza el artículo 12 por el siguiente: ARTÍCULO DOCE: DISTRIBUCIÓN DE LOS REMANENTES: El saldo favorable del ejercicio económico, que se denominará Remanente, que arroje el Balance, se destinará a absorber las pérdidas acumuladas, si las hubiere. Hecho lo anterior se destinará a la constitución e incremento de los Fondos de Reserva, en caso de que éstos sean obligatorios, o a la constitución e incremento de reservas voluntarias que la Junta General acuerde. Se reemplaza el artículo 15 por el siguiente: ARTICULO QUINCE: INCORPORACIÓN SOCIOS: Tendrán el carácter de socios: a) Todas las personas naturales y/o jurídicas, tanto de derecho público como privado, que concurran a la constitución de la Cooperativa y paguen sus aportes de capital comprometidos; b) Por solicitud aprobada por el Consejo de Administración, seguida de la adquisición a cualquier título de Cuotas de Participación; c) Todas aquellas personas naturales y/o jurídicas que desarrollen alguna de las actividades descritas en el artículo cinco del presente estatuto y que soliciten su ingreso a la cooperativa. c.1) Para solicitar la incorporación a la cooperativa en calidad de socio el interesado deberá presentar una solicitud por vía digital y/o electrónica al Consejo de Administración, acompañando los siguientes documentos: c.2) Enviar vía formulario on-line la presentación del proyecto y las respuestas al cuestionario de incorporación. c.3) Facturación de último año y/o datos de consumo digital de su catálogo, de existir dicha información. Al momento de su ingreso la parte interesada deberá suscribir y pagar el número mínimo de Cuotas de Participación que encuentra determinado en el artículo seis del presente Estatuto Social, de todo lo cual se dejará constancia en el respectivo Registro de Socios. Se reemplaza el artículo 37 por el siguiente: ARTICULO TREINTA Y SIETE: DE LA JUNTA GENERAL OBLIGATORIA: A lo menos una Junta General de Socios y Socias se realizará obligatoriamente dentro del primer semestre de cada año y en ella deberán tratarse las materias establecidas en el artículo veintitrés letras a), b) y c) de la Ley General de Cooperativas. La Junta General Obligatoria de Socios y Socias podrá realizarse de manera presencial, virtual o una combinación de ambas modalidades. Asistieron 5 socios. Demás estipulaciones en la escritura extractada. SANTIAGO, 07 de febrero de 2022.