MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL JCL LIMITADA

RUT 77184203-8 CVE 2084707
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
24 de enero de 2022
Notaría
Temuco Esmirna Vidal Moraga

Instrumento

Fecha
24 de enero de 2022
Repertorio
762-22
Notario
Esmirna Vidal Moraga
Domicilio
Temuco
Comuna
Temuco Esmirna Vidal Moraga

Sociedad

Capital
$3.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Esmirna Vidal Moraga, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, certifica: Por escritura pública de fecha 24 de enero del año 2022, repertorio N° 762-22, otorgada ante mi suplente don Rodrigo Marcelo Abarzua Vergara, don PEDRO FELIPE CAMPODÓNICO MARGUIRAUT, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, C.I. N°14.218.007-3, doña KARINA DENISE LEGUER NARVÁEZ, chilena, casada y separada totalmente de bienes, antropóloga, C.I. N°15.257.856-3, ambos domiciliados en Pasaje Nottingham N°02799, comuna y ciudad de Temuco, y don MATÍAS ANDRÉS CAMPODÓNICO PEÑA, chileno, soltero, empresario, C.I. N°20.365.768-4, domiciliado en Avenida Alemania N°650 depto. N°301 comuna y ciudad de Temuco, celebraron resciliación de escritura de cesión de derechos y modificación de estatutos sociales celebrada por escritura de fecha 23 de noviembre 2021 Notaría de Temuco Esmirna Vidal Moraga, Repertorio N°12868-2021. Un extracto de la escritura que se rescilia se inscribió a Fojas 1170V Número 691 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año 2021, y se publicó en el Diario oficial de fecha 2 de diciembre del año 2021. Al mismo tiempo, celebraron contrato de cesión de derechos; KARINA DENISE LEGUER NARVÁEZ vendió y cedió el 100% de sus derechos sociales en COMERCIAL JCL LIMITADA a don MATÍAS ANDRÉS CAMPODÓNICO PEÑA. En virtud cesión de derechos, KARINA DENISE LEGUER NARVÁEZ dejó de ser socia sociedad y se otorgó finiquito y renuncia de acciones. Acto seguido, los nuevos y únicos socios modificaron los artículos séptimo y noveno de los estatutos de COMERCIAL JCL LIMITADA, quedando estos: A.- “ARTÍCULO SÉPTIMO: El capital social asciende a la suma de 3.000.000 de pesos que los socios aportan y enteran en la forma siguiente: Uno.- Don PEDRO FELIPE CAMPODÓNICO MARGUIRAUT, aportó la suma de 1.500.000 pesos, equivalentes al 50% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo, e ingresaron a las arcas de la sociedad con anterioridad a esta fecha; y Dos.- Don MATÍAS ANDRÉS CAMPODÓNICO PEÑA, aportó la suma de 1.500.000 pesos, equivalentes al 50% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo, y los que ingresaron a las arcas de la sociedad con anterioridad a esta fecha”. B.- Reemplazan íntegramente el Artículo Noveno de los estatutos por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO NOVENO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá única y exclusivamente a don PEDRO FELIPE CAMPODÓNICO MARGUIRAUT, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales”. Se dejó expresa constancia que en todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen plenamente vigentes los estatutos sociales cuyo texto se contiene en la escritura pública de fecha diecisiete de junio del año dos mil veinte, demás estipulaciones constan en escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 31 de enero de 2022.-