TRANSMISORA MELIPEUCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2022
- Repertorio
- 428/2022
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que: por escritura pública de fecha 10 de enero de 2022, repertorio N° 428/2022, ante mi Suplente don Juan Cristian Berrios Castro, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de TRANSMISORA MELIPEUCO SOCIEDAD ANÓNIMA, inscrita a fojas 102.864, N° 47.636 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2021 (la “Sociedad”), celebrada en mi presencia con fecha 10 de enero de 2022, en la que sus accionistas quienes representan el 100% de las acciones suscritas con derecho a voto de la Sociedad, acordaron, entre otras materias, aumentar el capital de la suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal a la suma de $8.146.287.669 dividido en 8.146.287 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, esto es, en la cantidad de $8.145.287.669, mediante la emisión de 8.145.287 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Como consecuencia de lo anterior, se aprobó modificar el artículo Quinto permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales, en el siguiente sentido: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la cantidad de $8.146.287.669 dividido en 8.146.287 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social ascendente a $8.146.287.669 dividido en 8.146.287 acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, se encuentra suscrito y pagado, y por suscribir y pagar, de la siguiente manera: a) 1.000 acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, se encuentran íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al 10 de enero de 2022, y b) 8.145.287 acciones nominativas, de una serie y sin valor nominal, deberán ser íntegramente suscritas y pagadas en el plazo máximo de 30 días hábiles contados desde el día 10 de enero de 2022”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de extracto para legalización. Santiago, 4 de febrero de 2022.