CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

PAPELERIA FONTOVA SpA

RUT 25679539-6 CVE 2084051
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de febrero de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de febrero de 2022
Notario
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Oficio
42° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

e) La inversión en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, de toda clase como acciones, bonos, debentures, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos y efectuar toda clase de inversiones en valores y efectos de comercio ya sea en Chile o en el extranjero, inclusive en participaciones en sociedades civiles de personas, cuotas en fondos mutuos, y títulos de crédito en general, como la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos, todo ello sin perjuicio de los demás negocios que acuerden los socios por unanimidad. f) en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. En relación a todo lo señalado anteriormente, se hace presente que todas las enumeraciones son a modo de ejemplo, no siendo taxativas o limitadas a las que se señalan, teniendo la sociedad la más amplia facultad para realizar inversiones de cualquier clase en cualquier lugar. El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales, que se acuerde establecer dentro o fuera del país. Duración indefinida. capital $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, todas del mismo valor, de una misma serie, sin valor nominal, suscritas y pagadas.- Administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por don JORGE ANTONIO FRANCO GOMEZ y don GUSTAVO MANUEL LAVIN SEPULVEDA, quienes representarán a la sociedad pudiendo actuar de forma separada e indistintamente, según facultades indicadas en pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la 42° Notaría de Santiago, Suplente del Titular, ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura pública de fecha 01 de Febrero de 2022, otorgada ante mí, don JORGE ANTONIO FRANCO GOMEZ, venezolano, casado, empresario, cédula de identidad para extranjeros N°25.679.539-6, y don GUSTAVO MANUEL LAVIN SEPULVEDA, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad N°7.287.979-1, ambos domiciliados, para estos efectos, en Calle de la Primavera N°1.407, comuna de Huechuraba, Santiago, constituyen sociedad por acciones “PAPELERIA FONTOVA SpA”.- Objeto o giro de la sociedad será: a) La comercialización, importación, distribución compra y venta, por cualquier medio, al por menor y mayor, de productos y artículos de encuadernación, imprenta, papelería, oficina, cumpleaños y fiesta, por cuenta propia o ajena. b) Distribución y transporte de dichos productos y carga en general por carretera o ciudad. c) La compraventa, arrendamiento, leasing, importación, exportación, representación y distribución de toda clase de artículos, dispositivos, máquinas, instrumentos accesorios, aparatos o gadgets, así como softwares, hardwares y otros relacionados con las actividades antes mencionadas. d) Explotar todo tipo de negocio y realizar todo tipo de inversiones, para todo lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social. e) La inversión en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, de toda clase como acciones, bonos, debentures, y en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirirlos y enajenarlos a cualquier título, administrarlos y percibir sus frutos y efectuar toda clase de inversiones en valores y efectos de comercio ya sea en Chile o en el extranjero, inclusive en participaciones en sociedades civiles de personas, cuotas en fondos mutuos, y títulos de crédito en general, como la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos, todo ello sin perjuicio de los demás negocios que acuerden los socios por unanimidad. f) en general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. En relación a todo lo señalado anteriormente, se hace presente que todas las enumeraciones son a modo de ejemplo, no siendo taxativas o limitadas a las que se señalan, teniendo la sociedad la más amplia facultad para realizar inversiones de cualquier clase en cualquier lugar. El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de las agencias, sucursales o filiales, que se acuerde establecer dentro o fuera del país. Duración indefinida. capital $1.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, todas del mismo valor, de una misma serie, sin valor nominal, suscritas y pagadas.- Administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por don JORGE ANTONIO FRANCO GOMEZ y don GUSTAVO MANUEL LAVIN SEPULVEDA, quienes representarán a la sociedad pudiendo actuar de forma separada e indistintamente, según facultades indicadas en pacto social.- Demás estipulaciones escritura que extracto.- Santiago, 04 de Febrero de 2022.-