Instrumento
- Fecha
- 4 de febrero de 2022
- Notario
- Marianela Angélica Bustos Bustos
- Domicilio
- y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica
Sociedad
- N. fantasía
- “G.I SpA.”
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años contados desde fecha de presente escritura pública. Plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestase su voluntad de poner término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo de duración de la sociedad o de cualquiera de sus prórrogas
- Ley aplicable
- Ley 20.190
Objeto social
Será desarrollar las siguientes actividades: a) Asesorar a los órganos de la Administración Central y Descentralizada del Estado, tales como ministerios, gobiernos regionales, municipalidades, entre otros, y de los órganos constitucionales autónomos, como el Congreso Nacional; acreditaciones institucionales a personas naturales, jurídica, empresas e instituciones públicas o privadas – con y sin fines de lucro – tanto en Chile como en el extranjero; la elaboración de proyectos, investigación, capacitación laboral, asesorías, tasaciones, estudios de factibilidad, ejecución de obras y todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines; b) Certificaciones de competencias laborales; la creación y dictación de cursos de capacitación y formación en las áreas técnicas, científicas, sociales, culturales, humanísticas, artísticas y otras; c) La asesoría en selección, formación y contratación de personal de planta o auxiliar en relación con las necesidades del Comercio, Empresas o Industrias y Particulares, d) La prestación de Servicios Profesionales en cualquier área, sin limitación alguna, a personas naturales o jurídicas, particulares o públicas, nacionales o extranjeras; e) la prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter jurídico, comercial, financiero, urbanístico, educacional, la inversión y explotación de todo tipo de bienes muebles, inmuebles, corporales e incorporales; la obtención de rentas de todo tipo de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones de bienes incorporales muebles de todo tipo acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros y cualquier otra actividad, que los socios acuerden de conformidad a los objetivos señalados y cualquier otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior
Administración
Para los efectos establecidos en la Cláusula Décimo segunda de la escritura pública de constitución, se nombra como administrador de la sociedad a Rodrigo Fernando Flores Osorio, cédula nacional de identidad número nueve millones ochocientos treinta y dos mil novecientos catorce guión cinco, quien ejercerá como tal, mientras no haga otra designación la junta de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMarianela Angélica Bustos Bustos, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas de la comuna de Villarrica, Suplente del Titular don Francisco Javier Muñoz Flores,con oficio en calle Pedro Montt Nº305, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, RODRIGO FERNANDO FLORES OSORIO, chileno, divorciado, abogado, C.N.I Nº9.832.914-5, domiciliado en Calle Escriva de Balaguer 9435, departamento 1802, Vitacura, constituyó una Sociedad Por Acción de conformidad a lo establecido en Ley 20.190 del año 2007, que se regirá por siguientes estatutos y, en lo no previsto por ellos, por disposiciones pertinentes establecidas en el Código de Comercio y Ley 18.046.- Nombre: “GESTION INTEGRAL SpA”. Nombre de fantasía: “G.I SpA.” Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o establecimientos que instale en otros puntos del país o el extranjero.- Duración: 5 años contados desde fecha de presente escritura pública. Plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestase su voluntad de poner término a la sociedad mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del plazo de duración de la sociedad o de cualquiera de sus prórrogas..- Objeto: Será desarrollar las siguientes actividades: a) Asesorar a los órganos de la Administración Central y Descentralizada del Estado, tales como ministerios, gobiernos regionales, municipalidades, entre otros, y de los órganos constitucionales autónomos, como el Congreso Nacional; acreditaciones institucionales a personas naturales, jurídica, empresas e instituciones públicas o privadas – con y sin fines de lucro – tanto en Chile como en el extranjero; la elaboración de proyectos, investigación, capacitación laboral, asesorías, tasaciones, estudios de factibilidad, ejecución de obras y todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines; b) Certificaciones de competencias laborales; la creación y dictación de cursos de capacitación y formación en las áreas técnicas, científicas, sociales, culturales, humanísticas, artísticas y otras; c) La asesoría en selección, formación y contratación de personal de planta o auxiliar en relación con las necesidades del Comercio, Empresas o Industrias y Particulares, d) La prestación de Servicios Profesionales en cualquier área, sin limitación alguna, a personas naturales o jurídicas, particulares o públicas, nacionales o extranjeras; e) la prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios de carácter jurídico, comercial, financiero, urbanístico, educacional, la inversión y explotación de todo tipo de bienes muebles, inmuebles, corporales e incorporales; la obtención de rentas de todo tipo de capitales mobiliarios e inmobiliarios; la realización de inversiones de bienes incorporales muebles de todo tipo acciones, bonos, cuotas de fondos mutuos y títulos valores en general; la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros y cualquier otra actividad, que los socios acuerden de conformidad a los objetivos señalados y cualquier otra actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo anterior.- Capital: $5.000.000.- divididos en cinco millones de acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: Rodrigo Fernando Flores Osorio, suscribe la cantidad de cinco millones de acciones a un valor de un peso cada acción, acciones que se pagan en este acto en dinero efectivo. Administración: Para los efectos establecidos en la Cláusula Décimo segunda de la escritura pública de constitución, se nombra como administrador de la sociedad a Rodrigo Fernando Flores Osorio, cédula nacional de identidad número nueve millones ochocientos treinta y dos mil novecientos catorce guión cinco, quien ejercerá como tal, mientras no haga otra designación la junta de accionistas. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 04 de Febrero de 2022.