MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS HUMAN-NET LIMITADA

RUT 76740220-1 CVE 2084289
Fecha instrumento
3 de enero de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de enero de 2022
Notario
FELIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Santiago
Duración
5 años desde fecha escritura, prorrogables períodos iguales sucesivos de 5 años forma prevista escritura

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) La realización de toda clase de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar a cualquier título, bienes raíces urbanos y rurales; desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza; efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de edificios, de oficinas, de locales comerciales, casas y departamentos, venderlos o explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar, adquirir, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; b) Realizar inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, administrar estas inversiones y percibir sus frutos; c) La compra, venta, comercialización y distribución de bienes muebles, especialmente relacionados con los neumáticos de todo tipo de transporte terrestre y sus accesorios y; d) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los acuerdos y contratos que sean necesarios a los fines indicados precedentemente, como cualquier otro que los accionistas acuerden

Administración

ANDRÉS FERNANDO CARDEMIL OLIVA y doña IGONE GARBIÑE LAYUNO RODRIGUEZ, actuando individualmente, con amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaria de Santiago, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Por escritu ra pública hoy, ante mí, CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA, INVERSIONES SAN VALENTIN S.A., LUCIANO EDUARDO FLORES VELOSO, RODOLFO BARRETO LAYUNO, EDMUNDO ALBERTO THEZA VARGAS, y GERMAN ALEJANDRO SCHEEL GONZALEZ, todos domiciliados para estos efectos en calle Román Diaz número dos mil ciento sesenta y uno, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, decidieron dividir la sociedad EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS HUMAN-NET LIMITADA, en dos Sociedades de Responsabilidad Limitada de la siguiente forma: A) La primera de las sociedades EMPRESA DE SERVICIOS TRANSITORIOS HUMAN-NET LIMITADA, será la continuadora legal de la actual sociedad, manteniendo su razón social y sus estatutos sociales con excepción de la cláusula 5° que queda de la siguiente manera: “QUINTO: El capital social de la sociedad es la suma de dieciséis millones ochocientos veintiocho mil ochocientos pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: A) CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA, la suma de once millones setecientos ochenta mil ciento sesenta pesos, que representa el setenta por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social; B) INVERSIONES SAN VALENTIN S.A. la suma de dos millones ciento ochenta y siete mil setecientos cuarenta y cuatro pesos, que representa el trece por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social; C) LUCIANO EDUARDO FLORES VELOSO, la suma de un millón ciento setenta y ocho mil dieciséis pesos, que representa el siete por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social; D) RODOLFO BARRETO LAYUNO, la suma de seiscientos setenta y tres mil ciento cincuenta y dos pesos, que representa el cuatro por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social; E) EDMUNDO ALBERTO THEZA VARGAS, la suma de seiscientos setenta y tres mil ciento cincuenta y dos pesos, que representa el cuatro por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social y; GERMAN ALEJANDRO SCHEEL GONZALEZ la suma de trescientos treinta y seis mil quinientos setenta y seis pesos, que representa el dos por ciento de los derechos sociales, cantidad pagada con anterioridad a este acto en dinero efectivo, ingresado a caja social“. B) La segunda sociedad, que se constituye a consecuencia de la división, girará bajo el siguiente estatuto: Razón social: INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar las siguientes actividades, ya sea directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, tanto en la República de Chile como en el extranjero: a) La realización de toda clase de negocios inmobiliarios, para lo cual podrá adquirir y enajenar a cualquier título, bienes raíces urbanos y rurales; desarrollar proyectos inmobiliarios de cualquier naturaleza; efectuar loteos, urbanizaciones, construcciones de edificios, de oficinas, de locales comerciales, casas y departamentos, venderlos o explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma; dar y recibir en arrendamiento, en leasing, subarrendar, adquirir, dar y ceder a terceros, a cualquier título, el uso y goce de bienes raíces; b) Realizar inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, administrar estas inversiones y percibir sus frutos; c) La compra, venta, comercialización y distribución de bienes muebles, especialmente relacionados con los neumáticos de todo tipo de transporte terrestre y sus accesorios y; d) En general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los acuerdos y contratos que sean necesarios a los fines indicados precedentemente, como cualquier otro que los accionistas acuerden. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales. Duración: 5 años desde fecha escritura, prorrogables períodos iguales sucesivos de 5 años forma prevista escritura. Capital social: El capital social de la sociedad es la suma de tres millones ciento setenta y un mil doscientos pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: A) CONSULTORES Y PROVEEDORES EN OUTSOURCING LIMITADA, la suma de dos millones doscientos diecinueve mil ochocientos cuarenta pesos, que representa el setenta por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma; B) INVERSIONES SAN VALENTIN S.A. la suma de cuatrocientos doce mil doscientos cincuenta y seis pesos, que representa el trece por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma; C) LUCIANO EDUARDO FLORES VELOSO, la suma de doscientos veintiún mil novecientos ochenta y cuatro pesos, que representa el siete por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma; D) RODOLFO BARRETO LAYUNO, la suma de ciento veintiséis mil ochocientos cuarenta y ocho pesos, que representa el cuatro por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma; E) EDMUNDO ALBERTO THEZA VARGAS, la suma de ciento veintiséis mil ochocientos cuarenta y ocho pesos, que representa el cuatro por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma y; F) GERMAN ALEJANDRO SCHEEL GONZALEZ la suma de sesenta y tres mil cuatrocientos veinticuatro pesos, que representa el dos por ciento de los derechos sociales, y que paga mediante la correspondiente parte del capital que le ha sido asignada a INMOBILIARIA E INVERSIONES ROMAN DIAZ LIMITADA producto de la división, de acuerdo al balance general de división elaborado al treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno y que los socios valorizan de común acuerdo en dicha suma. Administración: ANDRÉS FERNANDO CARDEMIL OLIVA y doña IGONE GARBIÑE LAYUNO RODRIGUEZ, actuando individualmente, con amplias facultades. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 03 de Enero de 2022. Félix Jara Cadot. N.P.