COMERCIALIZADORA E INVERSIONES FUENZALIDA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2021
- Notario
- IGNACIO ESTEBAN DÍAZ RETAMAL
- Domicilio
- Titular CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Sociedad
- Capital
- $20.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Uno) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación exportación, distribución, comercialización de toda clase de bienes por cuenta propia o ajena, representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. Dos) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. Tres) La compra, venta, importación, exportación y comercialización de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, su administración, explotación, sean propios o ajenos, por cuenta propia o terceros; especialmente podrá ejercer la actividad comercial en las formas señaladas precedentemente respecto de toda clase de: a) artículos ferreteros, de construcción, menaje industriales o no, artículos de gastronomía y coctelería, toda clase de cristalería, vidrios, lozas, porcelanas, artículos de camping, sus accesorios y repuestos; b) puros, habanos, cigarrillos, y artículos tabacaleros en general, pipas, encendedores y demás accesorios para fumadores y tabaquería; c) artículos y comidas preparadas, frescas, enlatadas, envasadas o congeladas; elaboración de toda clase de alimentos y abarrotes en general, vinos y licores, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores, pudiendo celebrar todos los actos y contratos que tiendan a la consecución o que se relacionen con este fin.- Administración y Uso
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIGNACIO ESTEBAN DÍAZ RETAMAL, Abogado, Notario Público Suplente del Titular CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en Avenida La Dehesa N° 1450, Local 1, certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2021 otorgada ante el notario Titular, los señores: MANUEL JESÚS FUENZALIDA HENRÍQUEZ, FRANCISCA ROCÍO CLAUDIA FUENZALIDA PEÑA y ALINE JESUS FUENZALIDA PEÑA, todos domiciliados en Avenida Lo Barnechea 1594, departamento 504, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad responsabilidad limitada. Razón social: “COMERCIALIZADORA E INVERSIONES FUENZALIDA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales la palabra limitada en forma abreviada. Además, las partes establecen como nombre de Fantasía “Comercial Del Carmen Limitada”.- Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas, filiales o sucursales que puedan abrirse en cualquier lugar del territorio nacional. Objeto: El objeto de la sociedad será: Uno) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación exportación, distribución, comercialización de toda clase de bienes por cuenta propia o ajena, representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. Dos) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos u otros que los socios acuerden. Tres) La compra, venta, importación, exportación y comercialización de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, su administración, explotación, sean propios o ajenos, por cuenta propia o terceros; especialmente podrá ejercer la actividad comercial en las formas señaladas precedentemente respecto de toda clase de: a) artículos ferreteros, de construcción, menaje industriales o no, artículos de gastronomía y coctelería, toda clase de cristalería, vidrios, lozas, porcelanas, artículos de camping, sus accesorios y repuestos; b) puros, habanos, cigarrillos, y artículos tabacaleros en general, pipas, encendedores y demás accesorios para fumadores y tabaquería; c) artículos y comidas preparadas, frescas, enlatadas, envasadas o congeladas; elaboración de toda clase de alimentos y abarrotes en general, vinos y licores, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores, pudiendo celebrar todos los actos y contratos que tiendan a la consecución o que se relacionen con este fin.- Administración y Uso Razón Social: Corresponderá exclusivamente a don Manuel Jesús Fuenzalida Henríquez, para que anteponiendo la razón social a su firma, la represente con las más amplias facultades, contenidas en escritura extractada. Capital: $20.000.000 que los socios aportan en dinero efectivo, como sigue: a) don Manuel Jesús Fuenzalida Henríquez, un 60% del haber social, equivalente a $12.000.000, ya enterado en dinero en efectivo en caja social.-; b) doña Francisca Rocío Claudia Fuenzalida Peña, un 20% del haber social, equivalente a $4.000.000 ya enterado en dinero en efectivo en caja social.- y, c) doña Aline Jesús Fuenzalida Peña, un 20% del haber social, equivalente a $4.000.000. Responsabilidad Socios: Queda limitada al monto de sus aportes. Duración: La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y su duración será indefinida, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de poner término a la sociedad mediante declaración que haga en escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, pudiendo terminarse además por las causales establecidas en la Ley.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 29 de diciembre de 2021.