MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA RUCATEMU LIMITADA

RUT 82266200-5 CVE 2084366
Capital
$445.689.566 CLP
Fecha instrumento
20 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de diciembre de 2021
Repertorio
37151-2021
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
43º Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$445.689.566 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Público Titular 43º Notaria de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2021, Repertorio N°37.151-2021 ante mi, ÁNGEL ALBERTO BENDEK SELMAN, en Avenida Larraín 10.624, comuna de La Reina, CARLOS EDUARDO BENDEK SELMAN, en Condominio Trebolar, Parcela 9, comuna de Calera de Tango, MÓNICA IVETTE BENDEK SELMAN, en Las Arañas 2.248, comuna de La Reina, y EDUARDO ANDRÉS SELMAN BENDEK, en 2067 Layton St., Pasadena, CA, 91104, Estados Unidos de América y de paso en ésta, modifican los estatutos sociales de AGRICOLA RUCATEMU LIMITADA, en los siguientes sentidos: 1) En virtud de la posesión efectiva de don Eduardo Fuad Bendek Halabí, la consiguiente liquidación de la sociedad conyugal, partición y adjudicación de los derechos sociales, todo lo anterior anotado al margen de la inscripción de constitución social de fojas 3711 número 1386 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1969, dejan la sociedad don Eduardo Fuad Bendek Halabí y doña Carmen Ivet Selman Bijit, por tanto los únicos y actuales socios de AGRICOLA RUCATEMU LIMITADA son Carlos Eduardo Bendek Selman con un 25% de los derechos sociales, doña Mónica Ivette Bendek Selman con un 25% de los derechos sociales, don Ángel Alberto Bendek Selman con un 25% de los derechos sociales y don Eduardo Andrés Bendek Selman con un 25% de los derechos sociales. 2) Los socios acuerdan aumentar el capital social conforme a la reconversión monetaria y a la revalorización del mimo, en atención a que el estatuto social consigna como capital la cantidad de 170.000 escudos. De este modo acuerdan fijar el capital y aumentarlo conforme a capitalizaciones de los fondos de revalorizaciones, de la suma de 170.000 escudos a la suma de $445.689.566, íntegramente suscrito y pagado con el aporte original de los socios. Por tanto, se sustituye la cláusula del capital por la siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de 445.689.566 pesos, el cual está íntegramente suscrito y pagado, y se encuentra distribuido de la siguiente manera: 1) don Carlos Eduardo Bendek Selman, con la suma de 111.467.392 pesos equivalente a un 25% de los derechos sociales; 2) doña Mónica Ivette Bendek Selman, con al suma de $111.467.392 equivalente a un 25% de los derechos sociales; 3) don Ángel Alberto Bendek Selman, con la suma de $111.467.392 equivalente a un 25% de los derechos sociales; y, 4) don Eduardo Andrés Bendek Selman, con la suma de $111.467.392 equivalente a un 25% de los derechos sociales.”; 3) Se acuerda sustituir la cláusula sexta relativa a la administración y el uso de la razón social la que corresponderá indistintamente a don Ángel Alberto Bendek Selman y a don Carlos Eduardo Bendek Selman, con las facultades señaladas desde la letra a) a la letra r) de la escritura extractada. Sin perjuicio de lo anterior, se requerirá la actuación conjunta de ambos administradores, o de uno de ellos con uno cualquiera de los señores Mónica Ivette Bendek Selman y/o Eduardo Andrés Bendek Selman, para el ejercicio de las facultades señaladas entre los números i) y vii) de la escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de enero de 2022.