SERVICIOS CONSULTORA INVERSIONES LONCO ORIENTE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de febrero de 2022
- Repertorio
- 2754-13
- Notario
- JUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $5.010 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín 906, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha 03 de febrero de 2022, Rep. 294-2022, ante mí, don GABRIEL SILVA SILVA, cédula de identidad Nº6.145.799-2 y la Sociedad SERVICIOS CONSULTORA E INVERSIONES RIO TAPIHUE LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario Nº76.232.596-9 representada legalmente por don GABRIEL SILVA SILVA, ambos domiciliados, calle Cochrane Nº1012, oficina 42, comuna de Concepción, modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: “SERVICIOS CONSULTORA INVERSIONES LONCO ORIENTE LIMITADA”. Rol único tributario Nº76.351.214-2. Constitución: escritura pública de fecha 16 de agosto del año 2013, repertorio Nº2754-13, otorgada ante doña Zunilda Suazo Castillo, suplente del Notario Público Titular de Concepción don José Gerardo Bambach Echazarreta, extracto autorizado de la escritura pública de constitución social fue inscrito a fojas 26 número 20 del Registro de Comercio del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Yumbel, publicado en el Diario Oficial con fecha 24 de agosto del año 2013. Modificaciones anteriores: /1/ por escritura pública de fecha 09 de septiembre de 2015, en la Segunda Notaría de Concepción, ante doña Zunilda Suazo Castillo, suplente del Notario Público Titular José Gerardo Bambach Echazarreta, cuyo extracto fue inscrito a fojas 23, número 16 del Registro de Comercio del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Yumbel, publicado en el Diario Oficial el 03 de octubre del año 2015. /2/ saneada mediante escritura pública suscrita el 17 de noviembre del año 2015 ante Notario Público Titular de Concepción, don José Gerardo Bambach Echazarreta, cuyo extracto fue inscrito a fojas 27, bajo el número 19 del Registro de Comercio del año 2015, perteneciente al Conservador de Bienes Raíces de Yumbel y su extracto publicado en el Diario Oficial 21 de noviembre de 2015. /3/ por escritura pública suscrita en la Notaría de Concepción ante doña Diana Beatriz Sepúlveda Moreno, suplente del Notario Público Titular don Carlos Alberto Miranda Jiménez, con fecha 03 de septiembre de 2019, cuyo extracto se inscribió a fojas 17, bajo el número 14 del Registro de Comercio del año 2019 del Conservador de Bienes Raíces de Yumbel y publicada en el Diario Oficial en su edición de fecha 27 de septiembre del año 2019.- Capital Inicial: $1.000.000, íntegramente enterado, suscrito, e ingresado a caja social.- Modificación: Aumentaron el capital de la sociedad en $500.000.000, y en consecuencia ahora el capital social queda en $501.000.000. Se pagará y enterara por los socios del siguiente modo: a) el socio GABRIEL SILVA SILVA, suscribió derechos sociales por $4.060.000, los que se aportarán en 12 cuotas iguales, mensuales y sucesivas, pagando la primera el 31 de marzo de 2022; b) el socio SERVICIOS CONSULTORA E INVERSIONES RIO TAPIHUE LIMITADA, suscribió derechos sociales por $495.940.000, los que se aportarán en 12 cuotas iguales, mensuales y sucesivas, pagando la primera el treinta y uno de marzo de dos mil veintidós. Participación en el Capital: a) don GABRIEL SILVA SILVA, con $5.010.000 del capital social, que corresponde al 1% del capital social. y b) SERVICIOS CONSULTORA E INVERSIONES RIO TAPIHUE LIMITADA con $495.990.000 del capital social, que corresponde al 99% del capital social. Los socios aprobaron el pago del capital en la forma indicada. Utilidades y pérdidas: Las utilidades y pérdidas de la sociedad se distribuyan entre ellos a prorrata de su participación en el capital social. La presente modificación social empieza a regir desde esta fecha, manteniendo vigentes todas las demás cláusulas que por este acto no se modificaron. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, febrero 04 de 2022. Doy Fe.-//mme.