INVERSIONES MAR DEL SUR S.A.
Instrumento
- Fecha
- 12 de enero de 2022
- Repertorio
- 611/2022
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $92.538.200 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Efectuar inversiones sean éstas en bienes muebles corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, en sociedades por acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, como asimismo en bienes raíces urbanos o rurales; y, b) Otorgar asesorías profesionales, realizar estudios y emitir informes en materias comerciales, económicas, técnicas y tributarias. Para lograr sus finalidades, la sociedad podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y)o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden jurídico, ingresando a ellas como socia
Administración
La Administración y uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don CESAR AUGUSTO AMADORI GUNDELACH y)o a doña ELENA MARÍA BARRIGA GIANOLI, con facultades señaladas en la escritura extractada
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES MAR DEL SUR S.A | socio | 96632540-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público, Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos novecientos cuarenta y uno, oficina trescientos dos, Comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 12/01/2022, Repertorio N°611/2022, ante el Notario Suplente Don Juan Cristian Berrios Castro, se redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES MAR DEL SUR S.A., RUT Nº 96.632.540-2, constituida por escritura pública otorgada con fecha 07 de noviembre del año 1991, en la Notaría Pública de Santiago de don Félix Jara Cadot, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 35.482 N° 18.057 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 1991. Con la asistencia de la totalidad de las acciones con derecho a voto, se acordó unánimemente: Uno) Dejar constancia que el capital de la sociedad es la suma de $92.538.200 dividido en 8.175 acciones, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie. Dos) Transformar la sociedad INVERSIONES MAR DEL SUR S.A., en una sociedad por acciones, regida por los estatutos que a continuación se extractan: Doña ELENA MARÍA BARRIGA GIANOLI, y don CÉSAR AUGUSTO AMADORI GUNDELACH, ambos domiciliados en Avenida Juan XXIII N°6.699, departamento 801, Comuna de Vitacura, Santiago, vienen en transformar la sociedad, en una sociedad por acciones: Razón social: “INVERSIONES MAR DEL SUR SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Efectuar inversiones sean éstas en bienes muebles corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, en sociedades por acciones, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, como asimismo en bienes raíces urbanos o rurales; y, b) Otorgar asesorías profesionales, realizar estudios y emitir informes en materias comerciales, económicas, técnicas y tributarias. Para lograr sus finalidades, la sociedad podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden jurídico, ingresando a ellas como socia. Capital: $92.538.200, dividido en 8.175 acciones nominativas de una misma y única serie, sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado, según escritura extractada. Administración: La Administración y uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don CESAR AUGUSTO AMADORI GUNDELACH y/o a doña ELENA MARÍA BARRIGA GIANOLI, con facultades señaladas en la escritura extractada. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. PAM.