INVERSIONES ALTAZOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 38120-2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: que, por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2021, Repertorio N°38.120-2021, ante mí: los señores Patricia Gloria Parra Palacios, Matías Camacho Parra, Daniela Camacho Parra y Belén Camacho Parra, todos los anteriores domiciliados, para estos efectos, en Las Golondrinas 1.230, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, únicos y actuales socios de la sociedad “INVERSIONES ALTAZOR LIMITADA”, inscrita a fojas 164 vuelta, número 164 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, correspondiente al año 2005, (en adelante la “Sociedad”), quienes modificaron la Sociedad, aumentando el capital social de $20.000.000.- a la cantidad de $620.000.000.-, reemplazándose, en consecuencia, el Artículo Quinto Permanente Estatutos por el Siguiente: “Artículo Quinto: El capital social es la suma de $620.000.000.-, que los socios han aportado y pagado y/o aportarán y pagarán de la siguiente forma: a) doña Patricia Gloria Parra Palacios aportó la suma de $5.000.000.-, equivalente aproximadamente a un 0,805% del total del capital y derechos sociales, los que ha enterado y pagado íntegramente en caja social con anterioridad a esta fecha; b) don Matías Camacho Parra, aporta la suma de $205.000.000.-, equivalente aproximadamente a un 33,065% del total del capital y derechos sociales, los que ha enterado y pagado y/o enterará y pagará de la siguiente forma: (i) con la suma de $5.000.000.- que ha enterado y pagado con anterioridad a esta fecha y (ii) con la suma de $200.000.000.- que enterará y pagará en caja social dentro del plazo de seis meses contado desde la presente escritura; c) doña Daniela Camacho Parra, aporta la suma de $205.000.000.-, equivalente aproximadamente a un 33,065% del total del capital y derechos sociales, los que ha enterado y pagado y/o enterará y pagará de la siguiente forma: (i) con la suma de $5.000.000.- que ha enterado y pagado con anterioridad a esta fecha y (ii) con la suma de $200.000.000.- que enterará y pagará en caja social dentro del plazo de seis meses contado desde la presente escritura; y d) doña Belén Camacho Parra; aporta la suma de $205.000.000.-, equivalente aproximadamente a un 33,065% del total del capital y derechos sociales, los que ha enterado y pagado y/o enterará y pagará de la siguiente forma: (i) con la suma de $5.000.000.- que ha enterado y pagado con anterioridad a esta fecha y (ii) con la suma de $200.000.000.- que enterará y pagará en caja social dentro del plazo de seis meses contado desde la presente escritura.”. Los socios declaran que mantienen la limitación de responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. En todo lo no modificado, permanecen plenamente vigentes las demás estipulaciones de los estatutos sociales. Santiago, 24 de enero de 2022.