INMOBILIARIA INFIESTU LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2022
- Repertorio
- 1322/2022
- Notario
- JORGE LOBOS DIAZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Será la ciudad de Santiago, comuna del mismo nombre, Región Metropolitana
- Duración
- Será de seis años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por periodos de iguales de tres años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad en contrario mediante declaración por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación a la expiración del plazo original o de cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
La explotación mediante el arrendamiento de los inmuebles que adquiera por cualquier forma y la inversión en toda clase bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, títulos o valores mobiliarios, acciones o derechos en sociedades e instrumentos financieros; administrarlos por cuenta propia o ajena, explotarlos y percibir sus frutos; asumir representaciones; crear, financiar, promover y administrar cualquier clase de negocios, empresas o sociedades y formar parte de ellas; y realizar todas las demás actividades conexas o conducentes a los rubros señalados o que los socios acuerden
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la socia Amparo Moreno Abad, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, y sin que la enumeración efectuada en la escritura social sea taxativa o implique limitación alguna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Santiago, con oficio en Carmencita 20, Comuna de Las Condes, ex Paseo Ahumada 341, 4º piso, Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 31/01/2022, Repertorio 1.322/2022, ante el notario titular, doña Amparo Moreno Abad, con domicilio en calle Asturias 1646, ciudad de Viña del Mar, Quinta Región y don Arturo Patricio Soria Bustos, con domicilio en Teatinos 220, noveno piso, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada “Inmobiliaria Infiestu Limitada”. Objeto: La explotación mediante el arrendamiento de los inmuebles que adquiera por cualquier forma y la inversión en toda clase bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, títulos o valores mobiliarios, acciones o derechos en sociedades e instrumentos financieros; administrarlos por cuenta propia o ajena, explotarlos y percibir sus frutos; asumir representaciones; crear, financiar, promover y administrar cualquier clase de negocios, empresas o sociedades y formar parte de ellas; y realizar todas las demás actividades conexas o conducentes a los rubros señalados o que los socios acuerden. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la socia Amparo Moreno Abad, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos, y sin que la enumeración efectuada en la escritura social sea taxativa o implique limitación alguna. Domicilio: Será la ciudad de Santiago, comuna del mismo nombre, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales u oficinas que se establezcan en otros lugares del país o del extranjero. Duración: Será de seis años contados desde la fecha de la escritura, plazo que se entenderá prorrogado tácita y sucesivamente por periodos de iguales de tres años cada uno, a menos que alguno de los socios manifestare su voluntad en contrario mediante declaración por escritura pública que deberá anotarse al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación a la expiración del plazo original o de cualquiera de sus prórrogas. Capital: Es la suma de un millón de pesos moneda nacional que los socios aportan en arcas sociales, en el acto de constitución, al contado y en dinero efectivo, en la proporción de un noventa y nueve coma noventa y nueve por ciento doña Amparo Moreno Abad y de un cero coma cero uno por ciento don Arturo Patricio Soria Bustos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 03 de febrero de 2021.- mmo.