CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

F y M SERVICIOS ESTETICOS LIMITADA

CVE 2083807
Capital
$1.500.000 CLP
Fecha instrumento
26 de enero de 2022
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de enero de 2022

Sociedad

Capital
$1.500.000 CLP
Domicilio
ciudad y provincia de Curicó
Duración
Cinco años contados desde la presente escritura, renovable tácitamente períodos iguales, salvo si un socio declarara su deseo poner término sociedad, mediante declaración por escritura pública, anotada margen inscripción social, anticipación mínima seis meses al término plazo respectivo. Curicó, 26 enero 2022

Objeto social

(a) Prestación de servicios profesionales en el área de la estética, belleza y salud integral, así como también, todo lo relacionado con la venta, promoción y explotación comercial de sus productos, medicamentos y alimentos; (b) El desarrollo de toda actividad tendiente al mantenimiento y embellecimiento de la figura corporal humana, incluyendo entre otros, tratamientos corporales y faciales, peluquería y barbería, cosmetología, podología, manicure, pedicure, maquillaje, depilación, uso de aparatología corporal estética, entre otros. Así como la creación de establecimientos dedicados al cuidado de la belleza femenina y)o masculina; (c) La compra, venta, exportación y)o importación de equipos, productos, cosméticos, alimentos, accesorios y otros similares; (d) La representación y)o franquicia de marcas, productos y artículos de belleza, estética y cosméticos, afines y complementarios; (e) Cualquier otro objeto lícito determinado por la administración de la sociedad, relacionado con lo anterior; (f) La realización de toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de créditos y otros valores mobiliarios, participación en sociedades y otras personas jurídicas, de cualquier clase y objeto; (g) La administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por éstas; y (h) Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas de común acuerdo determinen

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RENÉ LEÓN MANIEU, Notario Curicó, con oficio en calle Carmen 489, certifica: Por escritura hoy ante mí, PABLO ANDRES MONTT PARADA y MARIA DE LA LUZ FLORES CORVALAN, ambos domiciliados en Camino a La Obra 131, Curicó, pactaron una sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: F y M SERVICIOS ESTETICOS LIMITADA.- Domicilio: ciudad y provincia de Curicó, sin perjuicio sucursales resto país o extranjero.- Objeto: (a) Prestación de servicios profesionales en el área de la estética, belleza y salud integral, así como también, todo lo relacionado con la venta, promoción y explotación comercial de sus productos, medicamentos y alimentos; (b) El desarrollo de toda actividad tendiente al mantenimiento y embellecimiento de la figura corporal humana, incluyendo entre otros, tratamientos corporales y faciales, peluquería y barbería, cosmetología, podología, manicure, pedicure, maquillaje, depilación, uso de aparatología corporal estética, entre otros. Así como la creación de establecimientos dedicados al cuidado de la belleza femenina y/o masculina; (c) La compra, venta, exportación y/o importación de equipos, productos, cosméticos, alimentos, accesorios y otros similares; (d) La representación y/o franquicia de marcas, productos y artículos de belleza, estética y cosméticos, afines y complementarios; (e) Cualquier otro objeto lícito determinado por la administración de la sociedad, relacionado con lo anterior; (f) La realización de toda clase de inversiones, por cuenta propia o ajena, en cualquier tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, títulos de créditos y otros valores mobiliarios, participación en sociedades y otras personas jurídicas, de cualquier clase y objeto; (g) La administración de tales inversiones y la percepción de los frutos o rentas que se generen por éstas; y (h) Cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los accionistas de común acuerdo determinen.- Capital: $1.500.000.-, socios aportarán plazo 3 años, así: Pablo Andrés Montt Parada, $750.000.-; y, María de la Luz Flores Corvalán, $750.000.- Administración y uso razón social: Corresponde a uno cualesquiera socios PABLO ANDRÉS MONTT PARADA y/o MARÍA DE LA LUZ FLORES CORVALÁN, separada e indistintamente, amplias facultades.- Duración: Cinco años contados desde la presente escritura, renovable tácitamente períodos iguales, salvo si un socio declarara su deseo poner término sociedad, mediante declaración por escritura pública, anotada margen inscripción social, anticipación mínima seis meses al término plazo respectivo. Curicó, 26 enero 2022.-