MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EGV RENTA LIMITADA

RUT 76478720-K CVE 2083412
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de enero de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de enero de 2022
Repertorio
298-2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

i) la compraventa y arriendo de vehículos motorizados, bienes raíces y muebles en general, instrumentos científicos y geodésicos, equipos y maquinarias, construcción y outsourcing; y ii) la realización de toda otra actividad o negocio relacionado con los objetos anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad, así como cualquier negocio lícito que acuerden los

Administración

La administración, representación y uso de la razón social será ejercida por y corresponderá a uno o varios administradores, quienes podrán actuar individualmente en los términos que se prevén en estos estatutos (en adelante, los “Administradores”). Los accionistas designaron a doña NANCY DE LOURDES CERDA BARAHONA, a don ESTEBAN DAVID GONZÁLEZ VÁSQUEZ y a don ESTEBAN PATRICIO GONZÁLEZ CERDA, en el cargo de Administradores de la Sociedad quienes actuando individualmente cada uno de ellos estarán facultados para representar a la Sociedad en los términos establecidos en los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Gustavo Montero Marti, Notario Suplente del Titular de la 48ª Notaría de Santiago, Avenida Apoquindo N° 3076, Las Condes, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 11 de enero de 2022, Repertorio 298-2022, ante mí, NANCY DE LOURDES CERDA BARAHONA y ESTEBAN DAVID GONZÁLEZ VÁSQUEZ, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N° 7935, Oficina 305-B, Las Condes, Santiago; y ambos en en su calidad de únicos socios, modificaron y transformaron la sociedad EGV RENTA LIMITADA en una sociedad por acciones denominada EGV RENTA SpA (la “Sociedad”), otorgando sus nuevos estatutos sociales, del cual extracto lo siguiente: Nombre: EGV RENTA SpA. Objeto: i) la compraventa y arriendo de vehículos motorizados, bienes raíces y muebles en general, instrumentos científicos y geodésicos, equipos y maquinarias, construcción y outsourcing; y ii) la realización de toda otra actividad o negocio relacionado con los objetos anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto de la sociedad o el desarrollo de su giro, pudiendo realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos expresados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad, así como cualquier negocio lícito que acuerden los accionistas. Capital: El capital de la sociedad será la cantidad de $5.000.000, dividido en 1.000 acciones, nominativas de igual valor y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: NANCY DE LOURDES CERDA BARAHONA, titular de 500 acciones, representativas del 50% de la participación accionaria de la Sociedad; y, ESTEBAN DAVID GONZÁLEZ VÁSQUEZ titular de 500 acciones, representativas del 50% de la participación accionaria de la Sociedad. Duración: Indefinida. Administración: La administración, representación y uso de la razón social será ejercida por y corresponderá a uno o varios administradores, quienes podrán actuar individualmente en los términos que se prevén en estos estatutos (en adelante, los “Administradores”). Los accionistas designaron a doña NANCY DE LOURDES CERDA BARAHONA, a don ESTEBAN DAVID GONZÁLEZ VÁSQUEZ y a don ESTEBAN PATRICIO GONZÁLEZ CERDA, en el cargo de Administradores de la Sociedad quienes actuando individualmente cada uno de ellos estarán facultados para representar a la Sociedad en los términos establecidos en los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. El portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. Santiago,2 de febrero de 2022.