AMERICAN GRILL COMPANY SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de enero de 2022
- Repertorio
- 259/2022
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será la fabricación, producción, comercialización, distribución, compraventa, importación y exportación de toda clase de bienes muebles, en especial, productos gastronómicos, cocina, parrillas y afines; la representación en Chile de agencias o compañías extranjeras y la realización de cualquier otra actividad directa o indirectamente relacionada con los objetos antes descritos y)o que los socios acuerden llevar a cabo. III.- Capital y Acciones: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscritas y que se pagarán dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de constitución de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público Titular 40 Notaría Santiago, Teatinos 332, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 14 de enero de 2022, Repertorio N° 259/2022, ante mí, FACUNDO SCHNEEBERGER, RUT para extranjeros N° 26.621.458-8, domiciliado en calle Praga N° 525, Dpto. N° 8, comuna Providencia, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones, cuyos estatutos son del siguiente tenor: I.- Razón social: “AMERICAN GRILL COMPANY SpA”, pudiendo usar para todos los efectos nombre de fantasía “AMERICAN GRILL COMPANY” II.- Objeto: El objeto de la sociedad será la fabricación, producción, comercialización, distribución, compraventa, importación y exportación de toda clase de bienes muebles, en especial, productos gastronómicos, cocina, parrillas y afines; la representación en Chile de agencias o compañías extranjeras y la realización de cualquier otra actividad directa o indirectamente relacionada con los objetos antes descritos y/o que los socios acuerden llevar a cabo. III.- Capital y Acciones: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscritas y que se pagarán dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de constitución de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 14 de enero de 2022.