Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2022
- Notario
- MARCO ANTONIO SEPULVEDA LARROUCAU
- Oficio
- Titular de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Chimbarongo, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la compra, venta, arriendo, subarriendo, comercialización, distribución, fabricación, importación y exportación de toda clase de vehículos nuevos y usados, partes y piezas, neumáticos, repuestos y accesorios en general, tanto mecánicos como eléctricos, nuevos o usados, para cualquier tipo de vehículos, sean automóviles, camionetas, camiones, motocicletas, maquinaria pesada, maquinaria agrícola, carros, remolques, grúas, buses y todo tipo de vehículos de transporte de carga y pasajeros en general. La sociedad podrá tener la representación en Chile de marcas asociadas a dichos productos y)o servicios. Del mismo modo, la sociedad podrá prestar asesorías y servicios automotrices, relacionados o no, con la mantención y reparación de vehículos motorizados de todo tipo. La Sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos que sea que se relacionen directa o indirectamente con dicho objeto, incluyendo, sin limitación, la adquisición y enajenación, a cualquier título, de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones y derechos sociales. La sociedad podrá realizar cualquier otra actividad licita que los socios acuerden
Administración
La administración y el uso de la razón social corresponderá a los accionistas constituyentes quienes la ejercerán a través de uno o más mandatarios designados por escritura pública. En virtud de lo señalado en el artículo noveno de los estatutos y sin ser parte de éstos, se deja constancia que la administración y el uso de la razón social le corresponde a don Miguel Ángel Sánchez Peña, quien podrá actuar en nombre de la sociedad con las facultades señaladas en el artículo décimo de los estatutos en asuntos con una cuantía menor a diez millones de pesos. En el caso contrario, si el asunto versara sobre un tema de mayor cuantía a la señalada, será necesaria la firma de ambos accionistas constituyentes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCO ANTONIO SEPULVEDA LARROUCAU, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, don LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS con oficio en esta ciudad, calle Don Carlos número dos mil ochocientos ochenta y nueve, Las Condes, certifica que : por escritura pública otorgada con fecha 31 de enero de 2022, repertorio número 576 -2022, ante mí, Rodrigo Alberto Riesco Vargas, chileno, casado, ingeniero mecánico, domiciliado en Nilo Azul mil ochocientos veinte, departamento quinientos siete, comuna de Vitacura, y don Miguel Ángel Sánchez Peña, casado, chileno, Ingeniero mecánico, domiciliado para estos efectos en Colombia siete mil quinientos ochenta y cuatro, departamento mil cuatrocientos seis, comuna de La Florida, Región Metropolitana, constituyeron Sociedad por Acciones. NOMBRE: “Inversiones RS SpA”: OBJETO: El objeto de la sociedad será la compra, venta, arriendo, subarriendo, comercialización, distribución, fabricación, importación y exportación de toda clase de vehículos nuevos y usados, partes y piezas, neumáticos, repuestos y accesorios en general, tanto mecánicos como eléctricos, nuevos o usados, para cualquier tipo de vehículos, sean automóviles, camionetas, camiones, motocicletas, maquinaria pesada, maquinaria agrícola, carros, remolques, grúas, buses y todo tipo de vehículos de transporte de carga y pasajeros en general. La sociedad podrá tener la representación en Chile de marcas asociadas a dichos productos y/o servicios. Del mismo modo, la sociedad podrá prestar asesorías y servicios automotrices, relacionados o no, con la mantención y reparación de vehículos motorizados de todo tipo. La Sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos que sea que se relacionen directa o indirectamente con dicho objeto, incluyendo, sin limitación, la adquisición y enajenación, a cualquier título, de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, incluyendo acciones y derechos sociales. La sociedad podrá realizar cualquier otra actividad licita que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN: La administración y el uso de la razón social corresponderá a los accionistas constituyentes quienes la ejercerán a través de uno o más mandatarios designados por escritura pública. En virtud de lo señalado en el artículo noveno de los estatutos y sin ser parte de éstos, se deja constancia que la administración y el uso de la razón social le corresponde a don Miguel Ángel Sánchez Peña, quien podrá actuar en nombre de la sociedad con las facultades señaladas en el artículo décimo de los estatutos en asuntos con una cuantía menor a diez millones de pesos. En el caso contrario, si el asunto versara sobre un tema de mayor cuantía a la señalada, será necesaria la firma de ambos accionistas constituyentes. CAPITAL SOCIAL: $20.000.000, dividido en 2000 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una única serie, es suscrito e íntegramente pagado en este acto por los accionistas comparecientes. DURACIÓN: Indefinida. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Chimbarongo, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 02 de Febrero de 2022.