SOCIEDAD COMERCIAL DELARD Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 2868-2021
- Notario
- FRANCISCO NEHME CARPANETTI
- Oficio
- Primera Notaria de la Provincia de Copiapó
Referencias (2)
- do publicacion DO N° 32501 del 20 de junio de 1986
- do publicacion DO N° 42441 del 29 de agosto de 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO NEHME CARPANETTI, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de la Provincia de Copiapó, por escritura pública de fecha 24 de diciembre de 2021, repertorio 2868-2021, otorgada ante mí, PHILIPPE ANDRE DELARD SEPULVEDA, chileno, casado, ingeniero, 13.422.364-2, Volcán Doña Inés 589 casa 18 Copiapó, LIDIA DE LOURDES SEPULVEDA HANCKES, chilena, viuda, dueña de casa, 7.922.543-6, Maratón 1648 Copiapó, y ROXANE FABIOLA GALEB QUEVEDO, chilena, casada y separada de bienes, ingeniero, 13.646.830-8, Volcán Doña Inés 589 casa 18 Copiapó, a) por escritura pública de fecha 10 de junio del 1986, otorgada ante el Notario Público de Copiapó Eduardo Cabrera Cortés, Repertorio 701, JAIME ALFONSO DELARD VENEGAS, chileno casado, comerciante, 6.534.511-0, y AMADEO ANTONIO DELARD VENEGAS, chileno, casado, comerciante, 5.512.217-2, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada “MONSERRAT LIMITADA”, extracto publicado Diario Oficial 32.501 de fecha 20 de junio de 1986, inscrito a fojas 146 vta. Nro.72 Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Copiapó año 1986, extracto constitución se rectificó mediante extracto complementario publicado en Diario Oficial Nro. 32.508 fecha 28 de junio de 1986. b) Posteriormente, por escritura pública 13 de septiembre del 2002, otorgada ante Eduardo Cabrera Cortes, Notario Público de Copiapó, PATRICIA CECILIA SEGUEL GAETE por sí y en representación de CAROLINA PATRICIA DELARD SEGUEL, CLAUDIA ALEJANDRA DELARD SEGUEL, JAVIERA PAZ DELARD SEGUEL, GERALDINE MICHELLE DELARD SEGUEL y JAIME ALFONSO DELARD VENEGAS, únicos socios, procedieron a modificar y sanear la citada sociedad, en el sentido de modificar la cláusula segunda del pacto social original, estableciendo que la razón social será “SOCIEDAD COMERCIAL DELARD Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo actuar ante cualquier persona y/o autoridad, con el nombre de fantasía “MONSERRAT LTDA.”, permaneciendo inalteradas las demás estipulaciones del pacto social original. Esta modificación inscrita fojas 212 Nro.151 del Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Copiapó, 2002, y publicado en el agosto de 2013, Notario de Copiapó Luis Alberto Contreras Fuentes, inscrita fojas 925 Nro. 489, Registro de Comercio de Copiapó, año 2013 publicada Diario Oficial 40.658, fecha 12 de septiembre de 2013, consta aclaración y modificación Sociedad Comercial Delard y Compañía Limitada, la que quedó conformada por los siguientes socios: A) Patricia Cecilia Seguel Gaete, 14% derechos sociales; B) Carolina Patricia Delard Seguel, 9% derechos sociales; C) Claudia Alejandra Delard Seguel, 9% derechos sociales; D) Geraldine Michelle Delard Seguel, 9% derechos sociales; E) Javiera Paz Delard Seguel 9% derechos sociales; F) Lidia De Lourdes Sepúlveda Hanckes, 24% derechos sociales; G) Philippe Andre Delard Sepúlveda, 13% derechos sociales; y H) Paulette Michelle Delard Sepúlveda, 13% derechos sociales. d) Finalmente por escritura pública de fecha 5 de agosto de 2019, ante el Notario de Copiapó Francisco Nehme Carpanetti, inscrita fojas 338 Nº 194 del Registro de Comercio de Copiapó del año 2019 y publicada en el Diario oficial Nº 42.441 de fecha 29 de agosto de 2019 consta la cesión de derechos sociales y modificación de la Sociedad Delard y Compañía Limitada, quedando conformada en los términos que se indican en la clausula que sigue. La Sociedad Delard y Compañía Limitada está conformada por los siguientes socios PHILIPPE ANDRE DELARD SEPÚLVEDA, quien aceptó a su conformidad el cambio de socios, 63% derechos sociales, LIDIA DE LOURDES SEPULVEDA HANCKES, 24% derechos sociales, y ROXANE FABIOLA GALEB QUEVEDO, 13% derechos sociales. Modifica cláusula segunda del pacto social original, estableciendo que la razón social “SOCIEDAD COMERCIAL DELARD Y COMPAÑÍA LIMITADA”, pudiendo actuar ante cualquier persona y/o autoridad, con el nombre de fantasía “REPUESTOS JIREH LTDA.”.- Modifica la Cláusula CUARTO del Pacto Social antes aludido, tendrá la siguiente redacción: “CUARTO: La administración y uso de la razón social corresponderá al socio don Philippe Andre Delard Sepúlveda, quien actuando y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades indicadas en el pacto social”. PHILIPPE ANDRE DELARD SEPULVEDA, con el consentimiento expreso de todos los socios vende, cede y transfiere a LIDIA DE LOURDES SEPULVEDA HANKES, quien compra, acepta y adquiere para sí 14,29% derechos sociales que es dueño y Titular el cedente en la “SOCIEDAD COMERCIAL DELARD Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “REPUESTOS JIREH LTDA., 9% precio total cesión $8.100.100., pagó en un acto anterior en dinero efectivo y haber recibido a su entera satisfacción. En esta forma eL cedente declara haber recibido la totalidad del precio a su entera satisfacción, dando en consecuencia por íntegra y totalmente pagado. A mayor abundamiento, las partes declaran íntegramente cumplidas las promesas y compromisos, verbales o escritos, que hubieren convenido respecto de los derechos objetos del presente contrato individualizado en las cláusulas precedentes.- PHILIPPE ANDRE DELARD SEPULVEDA, con el consentimiento expreso de todos los socios vende, cede y transfiere a ROXANE FABIOLA GALEB QUEVEDO, quien compra, acepta y adquiere para sí 31,75% derechos sociales que es dueño y Titular el cedente en la “SOCIEDAD COMERCIAL DELARD Y COMPAÑÍA LIMITADA” o “REPUESTOS JIREH LTDA., 20% precio total cesión $18.000.000., pagó en un acto anterior en dinero efectivo y haber recibido a su entera satisfacción. En esta forma el cedente declara haber recibido la totalidad del precio a su entera satisfacción, dando en consecuencia por íntegra y totalmente pagado. A mayor abundamiento, las partes declaran íntegramente cumplidas las promesas y compromisos, verbales o escritos, que hubieren convenido respecto de los derechos objetos del presente contrato individualizado en las cláusulas precedentes.- Como consecuencia quedan como únicos socios PHILIPPE ANDRE DELARD SEPÚLVEDA, quien aceptó a su conformidad el cambio, 34% derechos sociales, LIDIA DE LOURDES SEPULVEDA HANCKES, 33% derechos sociales, y ROXANE FABIOLA GALEB QUEVEDO, 33% derechos sociales.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Copiapó 26 de enero de 2022.