RÍOS, RAMDOHR Y GARCÍA ABOGADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de enero de 2022
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Comuna Providencia, CERTIFICO: Por escritura pública 7 Enero 2022, ante Titular, señores ROBERTO EUGENIO RÍOS OSSA, INVERSIONES SAN EUGENIO, STEFANIE ALEXANDRA RAMDOHR MONTGOMERY, INVERSIONES DOS HERMANAS SpA, ALONSO BRUNO CAMILO GARCÍA ECHEGOYEN e INVERSIONES SEIS ISLAS SpA, todos los anteriores comparecientes domiciliados en esta ciudad, avenida Apoquindo número tres mil seiscientos sesenta y nueve, piso cinco, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana; convinieron respecto de “RÍOS, RAMDOHR Y GARCÍA ABOGADOS LIMITADA”, constituida por escritura pública otorgada con fecha dos de Enero de dos mil diecinueve, otorgada en la Notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita a fojas 1.657 número 886 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, lo siguiente: i) INVERSIONES SAN EUGENIO, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos de que es titular en la sociedad a don ROBERTO EUGENIO RÍOS OSSA, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- El precio de la venta, cesión y transferencia es la suma de VEINTITRES MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS, que don ROBERTO EUGENIO RÍOS OSSA se obliga a pagar dentro del plazo de tres años contados desde esta fecha. ii) INVERSIONES DOS HERMANAS SpA, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos de que es titular en la sociedad a doña STEFANIE ALEXANDRA RAMDOHR MONTGOMERY, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- El precio de la venta, cesión y transferencia es la suma de OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS, que doña STEFANIE ALEXANDRA RAMDOHR MONTGOMERY paga en este acto a INVERSIONES DOS HERMANAS SpA. iii) INVERSIONES SEIS ISLAS SpA, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos de que es titular en la sociedad a don ALONSO BRUNO CAMILO GARCÍA ECHEGOYEN, quien los compra, acepta y adquiere para sí.- El precio de la venta, cesión y transferencia es la suma de OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS, que don ALONSO BRUNO CAMILO GARCÍA ECHEGOYEN paga en este acto a la INVERSIONES SEIS ISLAS SpA. La socios acuerdan modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales, del cual se extracta lo siguiente: QUINTO: capital de la sociedad es la cantidad de cuatro millones de pesos, que los socios han aportado, enterado y pagado a la sociedad con anterioridad a esta fecha, en dinero efectivo, en las siguientes proporciones: a) Don Roberto Eugenio Ríos Ossa, con la suma de dos millones trescientos veinte mil pesos, equivalentes a un cincuenta y ocho por ciento del capital social; b) Doña Stefanie Alexandra Ramdohr Montgomery con la suma de ochocientos cuarenta mil pesos, equivalentes a un veintiuno por ciento del capital social; y, c) don Alonso Bruno Camilo García Echegoyen con la suma de ochocientos cuarenta mil pesos, equivalentes a un veintiuno por ciento del capital social.”.- Los socios acuerdan modificar el artículo Octavo de los estatutos sociales, del cual se extracta lo siguiente “ARTÍCULO OCTAVO: ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL:- La administración y uso de la razón social corresponderá en forma indistinta y/o separadamente a cualquiera de los socios de RÍOS, RAMDOHR Y GARCÍA ABOGADOS LIMITADA, señores Roberto Eugenio Ríos Ossa, Stefanie Alexandra Ramdohr Montgomery y Alonso Bruno Camilo García Echegoyen.- Actuando en la forma indicada precedentemente y anteponiendo la razón social a su firma, cada uno de los socios tendrán las más amplias facultades para realizar o celebrar los actos o contratos de interés de la sociedad y muy especialmente aquellos que en carácter de ejemplificativos se señalan el el artículo octavo del estatuto social.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 31 Enero 2022.