MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA DE MUEBLES SPAZZIO LIMITADA

RUT 76536874-K CVE 2082582
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
6 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de diciembre de 2021
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
COMERCIALIZADORA DE MUEBLES SPAZZIO LIMITADA socio 76536874-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular de la 27º Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de esta fecha, ante mí: 1) DANIELA MEININGHAUS VIVANCO cédula de identidad N° 17.176.847-0, con domicilio en Camilo Berrios Quintanilla número ciento cuarenta y dos, casa cuarenta y cinco, comuna de Buin, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; 2) MICHELLE BASCOPE VIVANCO, cédula de identidad N° 19.078.016-3 con domicilio en Camino Cervera sin número, parcela noventa y dos, Linderos, comuna de Buin, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; 3) ALEXANDRA CAROLA MEININGHAUS VIVANCO, cédula de identidad N° 17.407.352-k, con domicilio en Camino Cervera sin número, parcela noventa y dos, Linderos, comuna de Buin, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; 4) DOMINIQUE BASCOPE VIVANCO, cédula de identidad N° 20.072.911-0 y 5) JUAN RAFAEL BASCOPÉ GOLDSACK, cédula de identidad N° 7.088.916-1, por sí y en representación de COMERCIALIZADORA DE MUEBLES SPAZZIO LIMITADA, RUT 76.536.874-k ambos con domicilio en Avenida Jorge Alessandri número veinte mil ciento noventa y uno, locales uno al seis, comuna de San Bernardo, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, las personas naturales, en su calidad de únicos y actuales socios de COMERCIALIZADORA DE MUEBLES SPAZZIO LIMITADA, inscrita a fojas 72 número 46 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Ríces de San Bernardo, correspondiente al año 2016, acordaron lo siguiente: Aumento de capital social desde la suma de $5.000.000 a la suma de $15.938.000. Consecuencia de lo anterior, reemplazaron la cláusula quinta de los estatutos sociales por la siguiente: “QUINTO.- CAPITAL El capital de la sociedad es la cantidad de quince millones novecientos treinta y ocho mil pesos, aportado por los socios de la siguiente forma: a) doña DANIELA MEININGHAUS VIVANCO aporta la cantidad de cuatro millones setecientos mil pesos, equivalentes al veintinueve coma cuarenta y nueve por ciento del capital social, de los cuales un millón doscientos mil pesos se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha y tres millones quinientos mil pesos, se pagarán en un plazo de un año a contar de la fecha del presente instrumento; b) doña MICHELLE BASCOPE VIVANCO aporta la cantidad de cuatro millones setecientos mil pesos, equivalentes al veintinueve coma cuarenta y nueve por ciento del capital social, de los cuales un millón doscientos mil pesos se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha y tres millones quinientos mil pesos, se pagarán en un plazo de un año a contar de la fecha del presente instrumento; c) doña ALEXANDRA CAROLA MEININGHAUS VIVANCO aportó la cantidad de un millón doscientos mil pesos, equivalentes al siete coma cincuenta y tres por ciento del capital social, que ha sido pagado íntegramente con anterioridad a este acto a entera satisfacción de los otros socios; d) doña DOMINIQUE BASCOPE VIVANCO aporta la cantidad de cuatro millones setecientos mil pesos, equivalentes al veintinueve coma cuarenta y nueve por ciento del capital social, de los cuales un millón doscientos mil pesos se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha y tres millones quinientos mil pesos, se pagarán en un plazo de un año a contar de la fecha del presente instrumento y; e) don JUAN RAFAEL BASCOPE GOLDSACK aportó la cantidad de seiscientos treinta y ocho mil pesos, equivalentes al cuatro por ciento del capital social, de los cuales doscientos mil pesos se encuentran pagados con anterioridad a esta fecha y cuatrocientos treinta y ocho mil pesos se pagarán en un plazo de un año a contar de la fecha del presente instrumento. Lo anterior entera satisfacción de los otros socios”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 06 de Diciembre de 2021.