MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS E INVERSIONES MTA LIMITADA

RUT 76594700-6 CVE 2082423
Capital
$475.500.000 CLP
Fecha instrumento
14 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de diciembre de 2021
Notario
KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ
Domicilio
don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$475.500.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ASESORIAS E INVERSIONES MTA LIMITADA socio 76594700-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogada, Notario Público, Suplente de don ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2021, REP. N°29.021/2021, ante el titular: los socios de ASESORIAS E INVERSIONES MTA LIMITADA, RUT N°76.594.700-6, sociedad inscrita a fojas 26.329 N°18.297 del Registro de Comercio de Santiago del año 2006, FRANCISCO JAVIER COURBIS GREZ, ingeniero civil mecánico, cédula de identidad N° 6.640.456-0, con domicilio para estos efectos, en El Roquerío N°2.191, comuna Lo Barnechea, Región Metropolitana; MARIA MAGDALENA TAGLE ORTUZAR, dueña de casa, cédula de identidad N°8.585.627-8, con domicilio para estos efectos, en El Roquerío N°2.191, comuna Lo Barnechea, Región Metropolitana; FRANCISCO JAVIER COURBIS TAGLE, ingeniero comercial, cédula de identidad N°16.874.691-1, con domicilio para estos efectos, en Alberto Undurraga N°1.515, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; y los señores, BENJAMIN COURBIS TAGLE, constructor civil, cédula de identidad N°17.724.829-0, con domicilio para estos efectos, en La Capitanía N°171, departamento 161, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; MAGDALENA COURBIS TAGLE, dueña de casa, cédula de identidad N°17.405.563-7, con domicilio para estos efectos, en Punta de Aguilas N°4.523, casa 3, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; TRINIDAD COURBIS TAGLE, educadora de párvulos, cédula de identidad N°18.934.406-6, con domicilio para estos efectos, en El Roquerío N°2.191, comuna Lo Barnechea, Región Metropolitana; Y MARIA JESUS COURBIS TAGLE, estudiante, cédula de identidad N°20.287.206-9, con domicilio para estos efectos, en El Roquerío N°2.191, comuna Lo Barnechea, Región Metropolitana. Acuerdan: 1) Aumentar el capital social en la suma de $475.500.000.-, aumentando el capital social desde la suma de $500.000.- a la suma de $476.000.000.- Este aumento de $475.500.000.-, se aportará, con el consentimiento de todos los socios, de la siguiente forma: a) El socio don Francisco Javier Courbis Grez, con la suma de $67.755.000.-, que aporta, mediante la capitalización de una cuenta por cobrar que mantiene contra la sociedad, por la misma suma; b) La socia doña María Magdalena Tagle Ortuzar, con la suma de $67.755.000.-, que aporta, mediante la capitalización de una cuenta por cobrar que mantiene contra la sociedad, por la misma suma; c) El socio don Francisco Javier Courbis Tagle, con la suma de $67.990.000.-, que aporta, mediante la capitalización de una cuenta por cobrar que mantiene contra la sociedad, por la misma suma; d) Doña Trinidad Courbis Tagle, que ingresa a la sociedad, con el aporte de $68.000.000.-, que aporta, mediante la capitalización de una cuenta por cobrar que mantiene contra la sociedad, por la misma suma; e) Doña María Jesús Courbis Tagle, que ingresa a la sociedad, con el aporte de $68.000.000.-, que aporta, mediante la capitalización de una cuenta por cobrar que mantiene contra la sociedad, por la misma suma; f) Doña Magdalena Courbis Tagle, que ingresa a la sociedad, con el aporte de $68.000.000.- que aporta, mediante la capitalización de una cuenta por cobrar que mantiene contra la sociedad, por la misma suma; y g) Don Benjamín Courbis Tagle, que ingresa a la sociedad, con el aporte de $68.000.000.-, que aporta, mediante la capitalización de una cuenta por cobrar que mantiene contra la sociedad, por la misma suma. Consecuencia de esto, los socios acuerdan modificar el Artículo Quinto del Pacto Social que reemplazan por el siguiente: “ARTICULO QUINTO. El Capital de la sociedad es la suma de $476.000.000.-, que se encuentra totalmente suscrito y pagado en la siguiente forma y proporción: a) FRANCISCO JAVIER COURBIS GREZ, con la suma de $68.000.000.-, equivalentes a un 14,29% de los derechos sociales; b) MARIA MAGDALENA TAGLE ORTUZAR, con la suma de $68.000.000.-, equivalentes a un 14,29% de los derechos sociales; c) FRANCISCO JAVIER COURBIS TAGLE, con la suma de $68.000.000.-, equivalentes a un 14,29% de los derechos sociales; d) TRINIDAD COURBIS TAGLE, con la suma de $68.000.000.-, equivalentes a un 14,29% de los derechos sociales; e) MARIA JESUS COURBIS TAGLE, con la suma de $68.000.000.-, equivalentes a un 14,29% de los derechos sociales; f) MAGDALENA COURBIS TAGLE, con la suma de $68.000.000.-, equivalentes a un 14,29% de los derechos sociales; y g) BENJAMIN COURBIS TAGLE, con la suma de $68.000.000.-, equivalentes a un 14,29% de los derechos sociales”. 2) Acuerdan modificar la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad, modificando el Artículo Séptimo del Pacto Social, el que se reemplaza por el siguiente: “ARTÍCULO SÉPTIMO: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá en forma individual y separada a los señores FRANCISCO JAVIER COURBIS GREZ, cédula de identidad N° 6.640.456-0 y MARIA MAGDALENA TAGLE ORTUZAR, cédula de identidad N°8.585.627-8. Asimismo, la administración, representación y uso de la razón social, también corresponderá, en forma conjunta, a dos cualquiera de los señores, FRANCISCO JAVIER COURBIS TAGLE, cédula de identidad N°16.874.691-1; MAGDALENA COURBIS TAGLE, cédula de identidad N°17.405.563-7; BENJAMIN COURBIS TAGLE, cédula de identidad N°17.724.829-0; TRINIDAD COURBIS TAGLE, cédula de identidad N°18.934.406-6; MARIA JESUS COURBIS TAGLE, cédula de identidad N°20.287.206-9. Todos, quienes, en la forma ya indicada, y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y representación, entre ellas las que se indican en escritura extractada. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Mantienen vigor cláusulas no modificadas. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 28 de enero de 2022.-