SOCIEDAD FAMILY 1 LIMITADA
Instrumento
- Notario
- PAULO CESAR CORTES OLGUIN
- Oficio
- Octavo Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- N. fantasía
- FAMILY 1 LTDA.; Objeto de la sociedad será la compraventa de bienes inmuebles, urbanos o rurales, cualquiera sea su destinación o uso, pudiendo darlos en arrendamiento, cederlos en usufructo, o cualquier otro tipo de títulos que permitan la cesión de los inmuebles, y en general cualquier otro objeto, relacionado con el principal, existiendo acuerdo de los socios, sin que sea necesario la modificación de la escritura social; Capital Social será la suma de El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000.-), aportando por los socios en partes iguales, de quinientos mil pesos cada uno ($500.000). Socios limitan su responsabilidad al monto de los respectivos aportes al
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULO CESAR CORTES OLGUIN, Abogado, Notario Público Titular de la Octavo Notaría de Rancagua, con asiento en Doñihue y Conservador, calle Emilio Cuevas número trescientos veintiocho, cer ti fi co: Por escritura hoy ante mí, comparecieron ELSA DEL CARMEN DROGUETT OSORIO, chilena, trabajadora, soltera, cédula nacional de identidad N° 16.883.057-2, VÍCTOR HUGO RIQUELME RIQUELME, chileno, trabajador, soltero, cédula nacional de identidad N° 15.875.638-2, CRISTOFER ANTONIO TOBAR OSORIO, chileno, trabajador independiente, cédula nacional de identidad N° 16.448.377-0, JOSE BERNABÉ ASTETE OVALLE, chileno, trabajador, soltero, cédula nacional de identidad N° 17.021.473-0, JAVIER ÁNGEL TOBAR QUEVEDO, chileno, trabajador, soltero, cédula nacional de identidad número dieciséis millones cuarenta y cinco mil trescientos cuarenta guion cero, TERESA DEL CARMEN DÍAZ ORELLANA, chilena, trabajadora, casada, cédula nacional de identidad N° 8.485.359- 3, GUILLERMO ENRIQUE PINO MORENO, chileno, trabajador, divorciado, cédula nacional de identidad N° 9.863.855-5, VERÓNICA HERTALINA GONZÁLEZ CAVERO, chilena, soltera, trabajadora, cédula nacional de identidad N° 13.405.937-0, LUIS ALEJANDRO PINO CATALÁN, chileno, casado, trabajador, cédula nacional de identidad N° 14.458.127-K, MARÍA ELENA FLORES MILLAPAN, chilena, trabajadora, divorciada, cédula nacional de identidad N° 14.095.435-7, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada llamada SOCIEDAD FAMILY 1 LIMITADA, y su nombre de fantasía: FAMILY 1 LTDA.; Objeto de la sociedad será la compraventa de bienes inmuebles, urbanos o rurales, cualquiera sea su destinación o uso, pudiendo darlos en arrendamiento, cederlos en usufructo, o cualquier otro tipo de títulos que permitan la cesión de los inmuebles, y en general cualquier otro objeto, relacionado con el principal, existiendo acuerdo de los socios, sin que sea necesario la modificación de la escritura social; Capital Social será la suma de El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000.-), aportando por los socios en partes iguales, de quinientos mil pesos cada uno ($500.000). Socios limitan su responsabilidad al monto de los respectivos aportes al capital social. Administración y representación de la sociedad corresponderá a la socia ELSA DEL CARMEN DROGUETT OSORIO, quien podrá actuar anteponiendo a su firma a la razón social, obligará y representará a la sociedad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, con las facultades que contiene la escritura extractada. Utilidades se repartirán a prorrata de los aportes, retiros se harán de común acuerdo entre los socios. Duración, tres años, plazo renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales. Sociedad no se disuelve por muerte de uno de los socios y continúa con herederos del socio fallecido. Liquidación se hará por árbitro arbitrador designado en escritura, o el designado de común acuerdo, o el que designe la justicia y fijan domicilio en la comuna de Doñihue. Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura y especialmente a la socia administradora doña ELSA DEL CARMEN DROGUETT OSORIO, para requerir y firmar inscripciones, requerir trámites ante SII y otras entidades administrativas. Demás estipulaciones escritura extractada. Doñihue, diecinueve de enero del año dos mil veintidós.