MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

GASTRONÓMICA E INVERSIONES AGUAYO SpA

RUT 76301137-2 CVE 2081942
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de septiembre de 2013
Notaría
Concepción

Instrumento

Fecha
27 de septiembre de 2013
Repertorio
2840-2019
Notario
JUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA
Oficio
Segunda Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Objeto social

TÍTULO TERCERO: ESTATUTO SOCIAL, letra B) OBJETO, por el siguiente: “B)

Administración

TÍTULO TERCERO: ESTATUTO SOCIAL, letra D) ADMINISTRACIÓN por el siguiente: “D)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN CARLOS SAN MARTÍN MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Concepción, con oficio en calle San Martín 906, Concepción, certifica: Que, con fecha 26 de enero de 2022, Rep. 215-2022, ante mí, don MIGUEL EMILIO MÁRQUEZ EBNER, chileno, abogado, C.I. Nº16.009.256-4, domiciliado en Caupolicán Nº567, oficina 503, Concepción, debidamente facultado, redujo a escritura pública el Acta de la Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “GASTRONÓMICA E INVERSIONES AGUAYO SpA”, se constituyó como Sociedad de Responsabilidad Limitada, bajo la razón social GASTRONÓMICA E INVERSIONES AGUAYO LIMITADA, por escritura pública de Constitución de Sociedad ante doña Lorena Isabel Arriagada Díaz, Notaria Pública suplente del Titular don Ramón García Carrasco, otorgada con fecha 27 de septiembre de 2013, extracto se publicó en el Diario Oficial el 03 de octubre de 2013, inscrito en el Registro de Comercio del año 2013, a fojas 2638 vuelta, Nº2304, del Conservador de Bienes Raíces de Concepción. Que, posteriormente, por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2019, en Concepción ante Notario Público don José Gerardo Bambach Echazarreta, Repertorio Nº2840-2019, se modificó y transformó en Sociedad por Acciones, teniendo como razón social GASTRONÓMICA E INVERSIONES AGUAYO SpA., extracto publicado en el Diario Oficial el 29 de noviembre de 2019, e inscrito en el Registro de Comercio del año 2019 a fojas 2630, Nº1806, del Conservador de Bienes Raíces de Concepción. RUT Nº76.301.137- 2. Modificaciones: En virtud de los acuerdos tomados en la referida junta, se adecúa: 1) Objeto. TÍTULO TERCERO: ESTATUTO SOCIAL, letra B) OBJETO, por el siguiente: “B) OBJETO. El objeto de la sociedad será: a) La explotación de restaurantes, bares, pubs, casinos, locales comerciales, establecimientos cualesquiera que sea su giro y el expendio en los mismos de bebidas alcohólicas, analcohólicas y alimentos de cualquier naturaleza. b) La elaboración, pre-elaboración, fabricación, distribución, comercialización de toda clase de productos alimenticios y bebidas alcohólicas y analcohólicas. c) La prestación de servicios de banquetera y cocktail, y organización de todo tipo de eventos. d) El arriendo, de equipamiento, maquinarias, mobiliario, equipos computacionales para restaurante, bar, pub, casinos, establecimientos cualquiera sea su giro. e) La comercialización, venta, arriendo, franquicia, de programas computacionales, licencias, marcas, patentes comerciales o industriales, procesos productivos. f) La inversión, compra, venta, arriendo, permuta, administración y explotación, por cuenta propia o ajena de todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles. Para tales efectos, la sociedad podrá adquirir y enajenar cualquier título de dichos bienes. g) La realización de cualquier actividad comercial relacionada directa o indirectamente con las anteriores o con las que los socios acordaren posteriormente. Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.”; 2) Administración. TÍTULO TERCERO: ESTATUTO SOCIAL, letra D) ADMINISTRACIÓN por el siguiente: “D) ADMINISTRACION. La administración de la sociedad será ejercida por un gerente general que será designado mediante una escritura pública de nombramiento que deberá ser otorgada por los socios que representen, al menos, el setenta y cinco porcientos de las acciones emitidas y pagadas de la sociedad. La citada escritura de nombramiento deberá ser inscrita en el registro de comercio de domicilio social y anotada al margen de la inscripción constitutiva de la sociedad y deberá señalar los socios que concurran a su otorgamiento, el número de acciones pagadas que estos representan y su porcentaje del total existente, el nombre y el rol único tributario de la persona nombrada en el cargo y las facultades que se le otorgan. En todo caso, a lo menos, el Gerente General contara siempre con las facultades prescritas por el articulo cuarenta y nueve de la ley dieciocho mil cuarenta y seis o el que lo reemplace en caso de que dicha Ley fuera derogada. Así mismo, el solo otorgamiento en regla e inscripción en el registro de comercio de una escritura de nombramiento de gerente general revoca ipso iure todo nombramiento de Gerente General efectuado con anterioridad a ella, salvo se indicare en la misma acta lo contrario. En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los accionistas, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas de la Sociedad.”. Capital: $3.000.000, divididos en 100 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, suscrito y pagado íntegramente en acto de transformación. En lo no modificado, se mantendrán plenamente vigentes las disposiciones contenidas en el pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, febrero 01 de 2022. Doy Fe.-/mme.-